Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Boyacá, Despacho 1, en segunda instancia, respecto a un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho conocido inicialmente por un juez administrativo en primera instancia.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de primera instancia.
- Ordenar la notificación personal del auto al agente del Ministerio Público con funciones de intervención ante el tribunal.
- Establecer que las partes tendrán hasta la ejecutoria del auto para pronunciarse sobre los recursos admitidos.
- Permitir la solicitud de pruebas dentro del término de ejecutoria, con la salvedad de que solo se decretarán en los casos previstos en la ley.
- Disponer que, en caso de no presentarse solicitudes probatorias, se adelante el trámite para continuar con el proceso en segunda instancia.
- Permitir que el Ministerio Público emita concepto antes de que el proceso ingrese al despacho para sentencia.
- Informar a los sujetos procesales sobre el uso obligatorio de la ventanilla virtual del sistema Samai para radicar memoriales y la disponibilidad pública del expediente en dicho sistema.
- Advertir que las actuaciones procesales deben enviarse simultáneamente a los demás sujetos procesales a través de los canales digitales correspondientes, bajo pena de multa.
Razón principal de la decisión
La admisión del recurso de apelación se fundamenta en que se cumplen los requisitos de procedencia y oportunidad establecidos en el CPACA (artículos 243 y 247) y la Ley 2080 de 2021. La sentencia de primera instancia es apelable por tratarse de un fallo de juez administrativo, y el recurso fue interpuesto dentro del término legal contado desde la notificación electrónica de la sentencia.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
El proceso tiene como antecedente una sentencia proferida por un juez transitorio administrativo en primera instancia, la cual accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda en un caso de nulidad y restablecimiento del derecho. La parte demandada interpuso recurso de apelación en contra de dicha decisión. La notificación de la sentencia se realizó mediante mensaje de datos, computándose el término para el recurso conforme a la normativa vigente sobre notificaciones electrónicas.
Efectos jurídicos de la providencia
El auto admite el recurso de apelación y da inicio al trámite de segunda instancia. Vincula a las partes a cumplir con los términos y requisitos procesales para la presentación de recursos, pruebas y actuaciones posteriores. Asimismo, ordena la notificación al Ministerio Público para su intervención y establece las reglas para la gestión documental y comunicaciones electrónicas en el proceso de segunda instancia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.