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Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma sentencia y reconoce personería de apoderado

Proviene de: Sentencias

24 de septiembre de 2026 17:52:6

Naturaleza de la providencia y tribunal

El documento objeto de análisis es un auto de sustanciación emitido por la Sección Segunda – Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho por medio de la figura de lesividad.

Sentido de la decisión

  • Se ordena obedecer y cumplir la sentencia del Consejo de Estado que confirmó la sentencia de primera instancia.
  • Se confirma que no hay condena en costas ni en primera ni en segunda instancia, por lo que no se fijan agencias en derecho ni se ordena liquidación de costas.
  • Se acepta la renuncia al poder del apoderado anterior y se reconoce la personería al nuevo apoderado de la parte demandante.
  • Se dispone que no hay lugar a pronunciamiento sobre el recurso de reposición y apelación interpuesto contra la negativa de medida cautelar, dado que la finalidad y efectos de dicha medida provisional quedaron subsumidos en la sentencia definitiva confirmada.
  • Se ordena remitir copia de la providencia al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio para lo pertinente.
  • Una vez ejecutoriado el auto y cumplidas las órdenes, se dispone archivar el expediente conforme a la sentencia de primera instancia, con las anotaciones y liquidaciones correspondientes.

Razón principal de la decisión

El auto se sustenta principalmente en el cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el Código General del Proceso y en la Ley 1437 de 2011 respecto a la personería y representación judicial, así como en la confirmación por parte del Consejo de Estado de la sentencia de primera instancia. Además, toma en cuenta que la medida cautelar solicitada tenía carácter provisional y quedó superada por la sentencia definitiva.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por una entidad administrativa contra una persona natural. En primera instancia, se profirió una sentencia que accedió parcialmente a la demanda. Posteriormente, el Consejo de Estado confirmó dicha sentencia. Durante el trámite, la parte demandante realizó un cambio de apoderado, presentando la renuncia el apoderado inicial y solicitando la sustitución por un nuevo abogado que actúa en representación mediante poder otorgado a una sociedad de abogados. Asimismo, se interpuso recurso contra la negativa de suspensión provisional de un acto administrativo, recurso que no fue resuelto debido a la confirmación de la sentencia definitiva.

Efectos jurídicos de la providencia

  • La parte demandante queda representada legalmente por el nuevo apoderado reconocido, facultado para actuar en el proceso.
  • Se mantiene la vigencia y obligación de cumplimiento de la sentencia definitiva confirmada por el Consejo de Estado.
  • Queda sin efecto cualquier medida cautelar provisional relacionada con el proceso, en virtud de la sentencia definitiva.
  • Se ordena la remisión de copias a la entidad administrativa correspondiente para que adopte las medidas de su competencia.
  • El proceso queda archivado, con la posibilidad de liquidar gastos y devolver remanentes a la parte demandante.
La providencia concluye así el trámite judicial, garantizando la representación legal adecuada de la parte demandante y la ejecución plena de la sentencia definitiva. Con esta decisión, se asegura la estabilidad jurídica y el respeto a las normas procesales aplicables, permitiendo que las partes involucradas den por finalizado el proceso conforme a derecho.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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