Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto proferido por la Sala Unitaria de Decisión del Tribunal Administrativo de Nariño en primera instancia, respecto a un proceso ejecutivo contra la Nación, Ministerio de Defensa - Policía Nacional.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Conceder el recurso de apelación en efecto suspensivo interpuesto contra el auto previo que se abstuvo de librar mandamiento de pago.
- Disponer la remisión del expediente al Consejo de Estado para que continúe con el trámite correspondiente una vez esta decisión quede en firme.
- Ordenar las anotaciones administrativas pertinentes en el sistema de gestión procesal.
Razón principal de la decisión
La providencia se fundamenta en que el recurso de apelación fue interpuesto y sustentado oportunamente y cumple con los requisitos legales establecidos en los artículos 243-1 y 244-3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Por esta razón, el tribunal concede la apelación para que el Consejo de Estado conozca del recurso en alzada.
Antecedentes procesales relevantes
En el proceso ejecutivo adelantado contra la Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional, la parte ejecutante apeló el auto del 28 de agosto de 2026, mediante el cual la Sala Primera de Decisión de este tribunal se abstuvo de librar el mandamiento de pago solicitado. La apelación fue presentada en tiempo y forma, lo que motivó la revisión del auto inicial.
Efectos jurídicos de la providencia
La decisión vincula al tribunal en cuanto concede la apelación con efecto suspensivo, lo que implica que el auto apelado queda sin efectos hasta tanto se resuelva en alzada por el Consejo de Estado. Además, se genera la obligación de remitir el expediente al Consejo de Estado para que continúe con la evaluación del recurso. Esta providencia ordena también las anotaciones administrativas correspondientes para el seguimiento del trámite.
Conclusión
Con esta decisión, el Tribunal Administrativo de Nariño garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa de la parte ejecutante, asegurando que el recurso de apelación sea conocido y resuelto por la instancia superior. Así, se fortalece el control jurisdiccional en los procesos ejecutivos contra la Administración Pública, contribuyendo a la transparencia y eficacia en la administración de justicia.