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Auto del Tribunal Administrativo de Sucre declara carencia de objeto en manifestación de impedimento por retiro de magistrados

Proviene de: Sentencias

25 de septiembre de 2026 3:58:31

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

La providencia es un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Sucre en el trámite de un proceso de reparación directa contra la Nación - Rama Judicial. El proceso fue inicialmente asignado a un despacho judicial específico y, posteriormente, se presentaron manifestaciones de impedimento por parte de magistrados adscritos a diferentes despachos del tribunal. Dichos magistrados manifestaron impedimento basándose en haber conocido o actuado en instancias anteriores del proceso.

Sentido de la decisión

  • Declarar: No hay lugar a pronunciamiento de fondo sobre la manifestación de impedimento presentada por los magistrados que dejaron de desempeñar sus cargos, por carencia actual de objeto.
  • Ordenar: Devolver el expediente al despacho judicial originalmente asignado para que continúe con el trámite correspondiente.
  • Informar: Contra esta providencia no procede recurso alguno.

Razón principal de la decisión

La decisión se fundamenta en que el impedimento es una institución de carácter estrictamente personal, vinculada a las condiciones particulares del funcionario judicial. Al haber cesado los magistrados en sus cargos, desaparece la circunstancia funcional que justificaba la manifestación de impedimento. Por lo tanto, no subsiste objeto para pronunciarse sobre el fondo de dicha manifestación, sin que esta determinación afecte el derecho de los actuales titulares del despacho a evaluar de manera independiente si concurren causales de impedimento en su situación particular.

Antecedentes fácticos y procesales

Un ciudadano presentó demanda de reparación directa contra la Nación - Rama Judicial, la cual fue asignada inicialmente a un despacho judicial específico. Durante el trámite, el magistrado titular de ese despacho declaró impedimento, por lo que el asunto fue remitido al despacho siguiente en turno. Posteriormente, la magistrada titular de este último despacho también manifestó impedimento, remitiendo el proceso al siguiente despacho. Sin embargo, ambos magistrados que presentaron impedimento dejaron de desempeñar sus cargos antes de que se resolviera dicha manifestación.

Efectos jurídicos de la providencia

La providencia determina que:
  • La manifestación de impedimento formulada por los magistrados que cesaron en sus funciones queda sin lugar para pronunciamiento de fondo, debido a la desaparición del supuesto funcional que la sustenta.
  • El expediente debe ser devuelto al despacho judicial originalmente asignado, actualmente ocupado por la magistrada titular designada, para que continúe con el trámite correspondiente.
  • Se confirma que no procede recurso contra esta decisión, conforme a la normativa aplicable sobre el trámite de impedimentos.
Esta decisión garantiza la continuidad del proceso judicial sin dilaciones innecesarias, respetando el principio de imparcialidad y asegurando que quienes actualmente tienen competencia funcional sean quienes valoren las posibles causales de impedimento en el presente caso. Así, se protege el debido proceso y la administración eficaz de la justicia en el Tribunal Administrativo de Sucre.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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