Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Consejo de Estado fija audiencia de pacto de cumplimiento en acción popular contra ANI

Proviene de: Sentencias

25 de septiembre de 2026 3:58:53

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto expedido por el Consejo de Estado, en el trámite de una acción popular, en segunda instancia.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió:
  • Fijar la fecha de la audiencia de pacto de cumplimiento para el 22 de septiembre de 2026, a las 9:00 a.m., la cual se realizará de manera virtual mediante la plataforma Microsoft Teams.
  • Advertir a los funcionarios competentes que la inasistencia injustificada a dicha audiencia constituye causal de mala conducta sancionable conforme a la ley.
  • Reconocer a los apoderados judiciales del Municipio de Sincelejo y del Municipio de Corozal dentro del proceso, en los términos y extensiones del poder conferido.
  • Establecer que los apoderados deben realizar sus actuaciones procesales desde el correo electrónico registrado en el Registro Nacional de Abogados y que para la radicación de memoriales se utilizará la ventanilla virtual habilitada, con copia a los demás sujetos procesales.

Razón principal de la decisión

El auto se fundamenta en que ha vencido el término otorgado para la contestación de la demanda por parte de la entidad accionada y las vinculadas, lo que hace viable continuar con el trámite. De acuerdo con los artículos 23 y 27 de la Ley 472 de 1998, al vencimiento del término de traslado de la demanda se debe citar a las partes y al Ministerio Público a la audiencia de pacto de cumplimiento. Esta audiencia es un paso procesal obligatorio para avanzar en la acción popular.

Antecedentes relevantes

Se instauró una acción popular contra la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) por la presunta omisión en la instalación de un sistema de iluminación en una ciclorruta construida entre varios municipios. La demanda fue admitida en agosto de 2025, y se notificó a la entidad demandada y a los municipios vinculados. Algunos municipios contestaron la demanda y formularon excepciones; sin embargo, la ANI no presentó respuesta. Posteriormente, se vinculó al proceso a otra empresa, a quien también se notificó. El Ministerio Público y las partes están llamados a intervenir en la audiencia de pacto de cumplimiento.

Efectos jurídicos de la providencia

El auto genera las siguientes obligaciones y efectos jurídicos:
  • Obliga a las partes y al Ministerio Público a asistir a la audiencia de pacto de cumplimiento en la fecha y condiciones señaladas.
  • Impone a los funcionarios competentes la obligación de asistir, bajo apercibimiento de incurrir en causal de mala conducta sancionable si faltan injustificadamente.
  • Reconoce formalmente la representación judicial de los municipios vinculados.
  • Regula la forma de radicación y notificación de las actuaciones procesales, estableciendo el uso de medios electrónicos oficiales.
Esta providencia avanza el trámite procesal de la acción popular, permitiendo que la audiencia de pacto de cumplimiento se celebre conforme a los parámetros legales establecidos, garantizando así el derecho de las partes a una adecuada defensa y la efectiva vigilancia del interés colectivo en materia de infraestructura pública.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias