Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto expedido por el Consejo de Estado, en el trámite de una acción popular, en segunda instancia.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Fijar la fecha de la audiencia de pacto de cumplimiento para el 22 de septiembre de 2026, a las 9:00 a.m., la cual se realizará de manera virtual mediante la plataforma Microsoft Teams.
- Advertir a los funcionarios competentes que la inasistencia injustificada a dicha audiencia constituye causal de mala conducta sancionable conforme a la ley.
- Reconocer a los apoderados judiciales del Municipio de Sincelejo y del Municipio de Corozal dentro del proceso, en los términos y extensiones del poder conferido.
- Establecer que los apoderados deben realizar sus actuaciones procesales desde el correo electrónico registrado en el Registro Nacional de Abogados y que para la radicación de memoriales se utilizará la ventanilla virtual habilitada, con copia a los demás sujetos procesales.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamenta en que ha vencido el término otorgado para la contestación de la demanda por parte de la entidad accionada y las vinculadas, lo que hace viable continuar con el trámite. De acuerdo con los artículos 23 y 27 de la Ley 472 de 1998, al vencimiento del término de traslado de la demanda se debe citar a las partes y al Ministerio Público a la audiencia de pacto de cumplimiento. Esta audiencia es un paso procesal obligatorio para avanzar en la acción popular.
Antecedentes relevantes
Se instauró una acción popular contra la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) por la presunta omisión en la instalación de un sistema de iluminación en una ciclorruta construida entre varios municipios. La demanda fue admitida en agosto de 2025, y se notificó a la entidad demandada y a los municipios vinculados. Algunos municipios contestaron la demanda y formularon excepciones; sin embargo, la ANI no presentó respuesta. Posteriormente, se vinculó al proceso a otra empresa, a quien también se notificó. El Ministerio Público y las partes están llamados a intervenir en la audiencia de pacto de cumplimiento.
Efectos jurídicos de la providencia
El auto genera las siguientes obligaciones y efectos jurídicos:
- Obliga a las partes y al Ministerio Público a asistir a la audiencia de pacto de cumplimiento en la fecha y condiciones señaladas.
- Impone a los funcionarios competentes la obligación de asistir, bajo apercibimiento de incurrir en causal de mala conducta sancionable si faltan injustificadamente.
- Reconoce formalmente la representación judicial de los municipios vinculados.
- Regula la forma de radicación y notificación de las actuaciones procesales, estableciendo el uso de medios electrónicos oficiales.
Esta providencia avanza el trámite procesal de la acción popular, permitiendo que la audiencia de pacto de cumplimiento se celebre conforme a los parámetros legales establecidos, garantizando así el derecho de las partes a una adecuada defensa y la efectiva vigilancia del interés colectivo en materia de infraestructura pública.