Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un
auto interlocutorio proferido por el Tribunal Administrativo en primera instancia, con sede en Santiago de Cali, Valle del Cauca.
Sentido de la decisión
El tribunal resolvió:
- Declarar la falta de competencia para conocer la demanda interpuesta contra la Tesorería General Municipal de un municipio del Valle del Cauca.
- Ordenar la remisión del expediente a la Oficina de Apoyo Judicial para su reparto entre los juzgados administrativos del circuito judicial correspondiente, que tienen competencia territorial en la materia.
- Disponer las anotaciones pertinentes en el sistema de gestión judicial.
Razón principal de la decisión
La decisión se sustenta en la aplicación de la normativa vigente sobre competencia en materia tributaria administrativa. El artículo 152 numeral 3 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021, establece que los tribunales administrativos conocen en primera instancia asuntos tributarios cuya cuantía supere los quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el presente caso, la cuantía de la demanda corresponde a aproximadamente 21 millones de pesos, monto inferior al umbral de competencia de este tribunal, que para el año 2026 es superior a 875 millones de pesos.
Por lo anterior, la competencia corresponde a los juzgados administrativos, conforme al artículo 155 numeral 4 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que conocen procesos tributarios cuya cuantía no exceda de 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Adicionalmente, la competencia territorial corresponde a los juzgados administrativos del circuito judicial donde se expidieron los actos administrativos impugnados, según lo previsto en el artículo 156 numeral 7 del CPACA.
Antecedentes fácticos y procesales
La parte demandante interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra varios actos administrativos relacionados con un procedimiento de cobro coactivo adelantado por la administración municipal. Los actos impugnados incluyen un auto inadmisorio, resoluciones que ordenaron embargos y un mandamiento de pago, todos vinculados a la obligación tributaria predial de un inmueble ubicado en el municipio.
La demanda fue presentada ante el Tribunal Administrativo en primera instancia, estimando la cuantía en el valor del impuesto predial en discusión.
Efectos jurídicos
Como consecuencia, el tribunal:
- Declara su incompetencia para conocer el proceso por razón de la cuantía.
- Ordena la remisión del expediente para que sea conocido por los juzgados administrativos competentes, tanto en materia como en territorio.
- Genera la obligación de realizar las anotaciones administrativas correspondientes en el sistema judicial.
Con esta providencia, el expediente queda bajo la jurisdicción de los juzgados administrativos del circuito judicial correspondiente, para el trámite y decisión del asunto, garantizando así el debido proceso y la correcta aplicación de la normativa vigente en materia tributaria administrativa. Esta resolución reafirma la importancia de respetar los límites de competencia establecidos por la ley para asegurar la eficiencia y especialización en la administración de justicia.