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Tribunal Superior de Pasto confirma auto que niega decreto de pruebas en proceso laboral

Proviene de: Sentencias

25 de septiembre de 2026 3:55:27

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

La Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto resolvió un recurso de apelación contra un auto dictado por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Pasto, en un proceso ordinario laboral. La apelación fue interpuesta por ambas partes involucradas en el litigio, en relación con la negativa judicial a decretar pruebas solicitadas en etapas procesales tardías o con solicitud ambigua.

Sentido de la decisión

  • Confirmación del auto que negó el decreto de la prueba relacionada con la solicitud de copia o práctica del dictamen de pérdida de capacidad laboral solicitada por la parte demandante.
  • Confirmación de la negativa a decretar de oficio el interrogatorio de parte y las pruebas testimoniales solicitadas extemporáneamente por la parte demandada.
  • Absolución de costas en esta instancia, dado que ninguno de los recursos prosperó.

Razón principal de la decisión

La Sala sostuvo que el juez de primera instancia actuó conforme a derecho al negar la prueba relacionada con el dictamen de pérdida de capacidad laboral debido a la ambigüedad y contradicción en la solicitud, que no permitía determinar si se pretendía obtener un dictamen ya existente o solicitar su práctica pericial, esta última sin haberse pedido oportunamente en el proceso. Además, la Sala recordó que la ausencia de dicho dictamen no impide acreditar la estabilidad laboral reforzada mediante otros medios probatorios. Respecto a la negativa a decretar de oficio el interrogatorio y las pruebas testimoniales solicitadas extemporáneamente por la parte demandada, la Sala sostuvo que las facultades probatorias oficiosas del juez no pueden servir para rehabilitar oportunidades procesales precluidas ni suplir la inactividad de las partes. La parte demandada perdió la oportunidad de contestar la demanda y solicitar pruebas en el momento procesal adecuado, y no justificó la necesidad urgente e indispensable de dichas pruebas en el memorial presentado fuera de término.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

El proceso se inició con una demanda ordinaria laboral contra una empleadora, en la cual se solicitó el reconocimiento de varios contratos laborales y la declaración de ilegalidad en la terminación del último contrato por encontrarse la trabajadora en situación de discapacidad. La demandante alegó afectaciones en su salud que justificaban la estabilidad laboral reforzada y pidió el reintegro o, subsidiariamente, indemnización por despido sin justa causa. Durante el trámite, el juez de primera instancia decretó pruebas documentales y testimoniales solicitadas inicialmente, pero negó la solicitud de copia o práctica del dictamen de pérdida de capacidad laboral debido a la contradicción y falta de oportunidad en la petición. Además, negó la práctica oficiosa del interrogatorio de parte y pruebas testimoniales solicitadas tardíamente por la parte demandada. Ambas partes apelaron esta decisión.

Efectos jurídicos de la decisión

La confirmación del auto vincula a las partes en cuanto al rechazo de las pruebas solicitadas en los términos y oportunidades presentados. Se mantiene el curso procesal con las pruebas admitidas previamente y con el término concedido a la parte demandante para aportar el dictamen de pérdida de capacidad laboral en caso de que este haya sido practicado posteriormente. No se imponen costas en esta instancia a ninguna de las partes.

Conclusión

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto ratificó la actuación del juez de primera instancia al ejercer sus facultades probatorias con base en criterios de pertinencia, utilidad y oportunidad. La decisión enfatizó que el derecho a la prueba no implica obligación judicial de admitir todas las solicitudes, especialmente cuando son ambiguas o presentadas fuera de los términos legales. Asimismo, se recordó que las facultades de decreto oficioso de pruebas no pueden ser usadas para suplir la inactividad procesal de las partes ni para reabrir etapas procesales ya fenecidas. Con esta resolución, se reafirma la importancia de respetar los plazos procesales y la claridad en las solicitudes probatorias para garantizar un desarrollo justo y ordenado del proceso laboral, evitando dilaciones y garantizando la seguridad jurídica para las partes involucradas.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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