Entidad proponente y objeto del proyecto
El proyecto de resolución fue publicado por la Aerocivil y plantea modificaciones a la norma RAC 160, que regula la seguridad de la aviación civil en Colombia. Su objetivo es actualizar y armonizar esta norma con los estándares internacionales establecidos en el Anexo 17 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional de Chicago, con el fin de mejorar la prevención y control de actos de interferencia ilícita en la aviación civil.
Disposiciones y obligaciones propuestas
El proyecto establecería, de expedirse, una serie de modificaciones en el contenido y alcance de la norma RAC 160, que incluirían:
- Actualización del preámbulo para reflejar el compromiso de Colombia con la OACI y los convenios internacionales en materia de seguridad aeronáutica.
- Revisión y ajuste de definiciones y abreviaturas relacionadas con seguridad de la aviación civil.
- Ampliación y precisión de las responsabilidades de los distintos actores involucrados en la seguridad aeroportuaria, incluyendo gerentes aeroportuarios, explotadores de aeronaves, proveedores de servicios y autoridades locales y nacionales.
- Incorporación de nuevas obligaciones para la Dirección de Autoridad a la Seguridad de Aviación Civil, tales como la propuesta, mantenimiento y ejecución de actualizaciones al RAC 160, la acreditación de inspectores, realización de auditorías y coordinación interinstitucional en materia de seguridad.
- Establecimiento de requisitos para la elaboración, aprobación y actualización de planes de seguridad aeroportuaria (PSA) y planes de seguridad para explotadores de aeronaves (PSE), incluyendo medidas específicas para categorías especiales de pasajeros y procedimientos de inspección.
- Regulación de accesos a zonas restringidas de aeropuertos, con énfasis en los controles para predios colindantes y tenedores de espacio aeroportuario.
- Fortalecimiento de los mecanismos de verificación de antecedentes para personas con acceso sin escolta a zonas restringidas, controles de seguridad y acceso a información delicada, incluyendo criterios sobre delitos relevantes y evaluaciones basadas en principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.
- Definición de medidas relativas a la seguridad de las aeronaves, incluyendo inspecciones, controles en plataforma y protección contra interferencias no autorizadas desde la verificación hasta la salida del vuelo.
- Incorporación de medidas y planes específicos en materia de ciberseguridad para aeropuertos con operación comercial regular, explotadores de aeronaves comerciales y proveedores de servicios de tránsito aéreo, incluyendo la obligación de realizar simulacros anuales.
Ámbito de aplicación y sujetos vinculados
El proyecto aplicaría a nivel nacional e involucraría a:
- Gerentes, administradores y concesionarios de aeropuertos públicos con operación comercial regular.
- Explotadores de aeronaves de transporte aéreo comercial regular, tanto nacionales como extranjeros que operen en Colombia.
- Empresas de servicios de escala (handling), organizaciones de mantenimiento, servicios de catering y otros proveedores vinculados al sector aeronáutico.
- Autoridades nacionales y locales relacionadas con la seguridad aeroportuaria, incluyendo miembros de la Fuerza Pública y organismos de seguridad del Estado.
- Personas naturales o jurídicas que accedan a infraestructura aeronáutica o aeroportuaria.
Se establecerían excepciones para aeropuertos sin operación comercial regular, que no estarían obligados a elaborar planes de seguridad, pero sí a presentar información mínima sobre infraestructura y procedimientos de control.
Plazo y mecanismos para la participación ciudadana
El proyecto se encuentra en etapa de consulta pública, durante la cual la ciudadanía y partes interesadas podrán presentar comentarios u observaciones. El plazo para esta participación y los canales habilitados (correo electrónico, formulario web o radicación física) deben estar especificados en la publicación oficial del proyecto. La Aerocivil recibiría y analizaría estos aportes antes de decidir sobre la expedición definitiva del acto.
Base legal y modificaciones normativas
La expedición del proyecto se fundamentaría en el artículo 1782 del Código de Comercio, el Decreto 1294 de 2021, y las disposiciones internas de la Aerocivil, así como en la obligación internacional derivada del Convenio de Chicago y sus anexos.
Este proyecto modificaría el RAC 160, vigente en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, adaptando sus disposiciones a los estándares y recomendaciones internacionales actualizados en materia de seguridad de la aviación civil.
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Este resumen ejecutivo presenta el contenido del proyecto de resolución propuesto por la Aerocivil sin que sus disposiciones tengan carácter obligatorio o vigente hasta su eventual aprobación y publicación oficial. La participación ciudadana es fundamental para enriquecer el documento y garantizar que las medidas adoptadas respondan a las necesidades reales del sector aeronáutico y de la sociedad en general. Una vez concluidos los procesos de consulta y análisis, la Aerocivil procederá a la aprobación definitiva y publicación oficial de la norma modificada, que entrará en vigor conforme a los términos establecidos en la resolución final.