Entidad proponente y ámbito temporal
El proyecto de resolución fue publicado por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) en 2026, a través de la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria. La propuesta está abierta a comentarios y observaciones en el marco de la consulta pública nacional. De expedirse, la resolución tendría vigencia desde su publicación y perdería efecto a los cinco años, salvo que se realice la evaluación ex post correspondiente.
Objeto del proyecto
El proyecto establecería una actualización de los requisitos sanitarios para la importación a Colombia de extracto proteico porcino procedente del Reino de España para consumo humano. Esta actualización responde a un cambio en el estatus sanitario del país exportador y a la presencia de la peste porcina africana en dicho territorio.
Disposiciones y obligaciones propuestas
De expedirse, el proyecto establecería que todas las personas naturales o jurídicas que importen extracto proteico porcino desde el Reino de España para consumo humano quedarían sujetas a las siguientes obligaciones:
- El producto deberá estar acompañado de un Certificado Zoosanitario expedido por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal del país de origen.
- Se deberán tomar precauciones para evitar el contacto con virus de enfermedades como fiebre aftosa, peste porcina africana, entre otras.
- El extracto debe proceder de animales nacidos, criados y sacrificados en el país exportador o importados conforme a requisitos zoosanitarios de la Unión Europea.
- Los porcinos de origen deben haber sido sometidos a inspección ante mortem y post mortem sin hallazgos compatibles con enfermedades transmisibles.
- Los animales deben haber permanecido durante 90 días previos al sacrificio en explotaciones libres de enfermedades infectocontagiosas, sin cuarentenas ni restricciones sanitarias.
- El extracto no debe provenir de animales sacrificados en programas de erradicación o descartados por razones sanitarias.
- El producto debe haber sido sometido a tratamiento térmico que garantice la inactivación de agentes patógenos, alcanzando un valor F0 de 3 o superior.
- El manejo, almacenamiento y embalaje deben evitar contaminación o exposición a agentes patógenos.
- El extracto debe estar autorizado para comercialización sin restricciones sanitarias en la Unión Europea y declarado apto para su uso.
- Los establecimientos de sacrificio y procesamiento deben estar autorizados y sometidos a supervisión oficial.
- El procesamiento debe cumplir con sistemas de control de peligros (APPCC/HACCP) o equivalentes y los límites máximos para residuos y contaminantes según normativa europea.
- El producto debe mantenerse bajo condiciones adecuadas de almacenamiento y transporte que garanticen su inocuidad.
- Los envases y materiales de empaque deben cumplir con la normativa aplicable de la Unión Europea o Colombia.
- El transporte debe realizarse en contenedores o vehículos adecuados, previamente limpiados, desinfectados y precintados oficialmente.
Control oficial y sanciones
El proyecto indicaría que los funcionarios del ICA actuarían como inspectores de Policía Sanitaria para ejercer actividades de inspección, vigilancia y control, contando con el apoyo de autoridades civiles y militares. Además, el incumplimiento de las disposiciones podría ser sancionado conforme a la Ley 1955 de 2019, sin perjuicio de acciones civiles o penales.
Ámbito de aplicación
Las disposiciones serían aplicables a nivel nacional, a todas las personas naturales o jurídicas que importen el producto especificado desde el Reino de España para consumo humano.
Plazo y mecanismos para la participación ciudadana
El proyecto se sometería a consulta pública nacional a través de la plataforma SUCOP del Departamento Nacional de Planeación. Asimismo, se realizaría la notificación ante el punto de contacto de Colombia en la Organización Mundial del Comercio (OMC) y otros organismos regionales para recibir comentarios y observaciones relacionados con el comercio internacional.
El plazo específico para presentar comentarios u observaciones no se menciona explícitamente en el texto analizado, pero se indica que la consulta pública se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 2.13.2.4.2 del Decreto 1071 de 2015.
Base legal y disposiciones relacionadas
El proyecto se fundamentaría en normas como el Decreto 3761 de 2009, el Decreto 1071 de 2015, la Resolución ICA 13314 de 2023 y otras disposiciones relacionadas con la regulación sanitaria y fitosanitaria para importación de productos agropecuarios. Además, modificaría los requisitos establecidos en resoluciones anteriores, como la Resolución ICA 13314 de 2023.
El proyecto también responde a obligaciones internacionales en materia de medidas sanitarias y fitosanitarias, en especial lo previsto en el Acuerdo de la OMC sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.
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Este resumen presenta los aspectos centrales del proyecto de resolución del ICA para la actualización de requisitos sanitarios en la importación de extracto proteico porcino desde España, actualmente en etapa de consulta pública y sin efectos jurídicos vigentes. Se invita a todas las partes interesadas a participar activamente en la consulta pública para contribuir con observaciones que fortalezcan la regulación y garanticen la seguridad sanitaria en el comercio internacional de este producto.