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Proyecto de resolución del INVIMA modificaría aplicación de códigos tarifarios a autorizaciones sanitarias especiales de donaciones

Proviene de: Proyectos de Resolución

25 de septiembre de 2026 10:15:8

Entidad proponente y contexto de publicación

El proyecto de resolución fue publicado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, entidad adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, para comentarios públicos entre el 24 y el 27 de septiembre de 2026. La publicación se realiza en cumplimiento de la Ley 1437 de 2011, el Decreto 385 de 2026 y la Circular INVIMA 1000-009-2026, garantizando la participación ciudadana y la transparencia en el proceso.

Objeto del proyecto

El proyecto tiene por objeto modificar temporalmente el manual tarifario del INVIMA, adoptado mediante la Resolución No. 2025067543 del 22 de diciembre de 2025 y sus modificaciones, con el fin de precisar el ámbito de aplicación de los códigos tarifarios 4002-32, 4002-33 y 4002-34 durante la vigencia del régimen sanitario especial establecido en el Decreto 1327 de 2026, que regula las autorizaciones sanitarias especiales para donaciones internacionales en situaciones de desastre de carácter nacional.

Disposiciones y obligaciones propuestas

El proyecto establecería lo siguiente:
  • Los códigos tarifarios 4002-32, 4002-33 y 4002-34 corresponderían exclusivamente al servicio de autorización de importación de donaciones bajo el régimen sanitario ordinario.
  • La autorización sanitaria especial para donaciones internacionales prevista en el Decreto 1327 de 2026 no estaría incluida en el manual tarifario del INVIMA y, por tanto, no serían aplicables dichos códigos tarifarios.
  • Las solicitudes de autorización sanitaria especial presentadas bajo el Decreto 1327 de 2026 no estarían condicionadas al pago de los códigos tarifarios mencionados para su radicación, evaluación o decisión.
  • Esta exclusión tarifaria se aplicaría únicamente a donaciones que cumplan con las condiciones, destinación y ámbito establecidos en el Decreto 1327 de 2026.
  • Las solicitudes de donación que no estén vinculadas directamente con la atención de la situación de desastre continuarían sujetas al régimen ordinario y a las tarifas vigentes.
  • Las solicitudes en trámite bajo el régimen especial que no hayan efectuado el pago de los códigos tarifarios correspondientes continuarían su trámite sin exigir dicho pago.
  • Los pagos realizados antes de la entrada en vigencia de esta resolución se regirían por las disposiciones vigentes al momento de su realización, con posibilidad de solicitar devolución en casos previstos por la normativa aplicable.
  • Las dependencias competentes del INVIMA realizarían los ajustes operativos, tecnológicos y comunicativos necesarios para garantizar la aplicación de estas disposiciones.
  • La medida tendría vigencia mientras se mantenga el régimen sanitario especial previsto en el Decreto 1327 de 2026 y cesaría automáticamente una vez finalizada la declaratoria de situación de desastre, restableciéndose la aplicación de los códigos tarifarios al régimen ordinario.
  • Las demás disposiciones y códigos tarifarios del manual vigente no afectados expresamente por esta resolución continuarían vigentes y aplicables.

Ámbito de aplicación

El proyecto aplicaría a nivel nacional y vincularía a los interesados en obtener autorizaciones sanitarias para la importación de donaciones internacionales de productos de uso y consumo humano durante la vigencia del régimen sanitario especial establecido para la atención de la situación de desastre nacional declarada mediante el Decreto 1171 de 2026.

Plazo para comentarios y mecanismos de participación ciudadana

  • Plazo para presentar comentarios: del 24 al 27 de septiembre de 2026.
  • Mecanismos disponibles: comentarios y observaciones se recibirían a través de la página web oficial del INVIMA, conforme a lo establecido en la Circular INVIMA 1000-009-2026.

Base legal y modificaciones normativas

El proyecto se fundamenta en las facultades conferidas al INVIMA por la Constitución Política de Colombia (artículo 338), la Ley 399 de 1997 y sus modificaciones, el Decreto 1889 de 2021, y el régimen sanitario especial establecido en el Decreto 1327 de 2026. Modificaría temporalmente la Resolución No. 2025067543 del 22 de diciembre de 2025 y sus modificaciones posteriores, incluyendo la Resolución No. 2026033499 del 30 de junio de 2026, en lo relacionado con la aplicación de los códigos tarifarios mencionados. La aplicación temporal propuesta se mantendría vigente mientras continúe el régimen especial previsto en el Decreto 1327 de 2026, y cesaría automáticamente al finalizar dicho régimen, sin requerir acto administrativo adicional para restablecer el régimen ordinario. En conclusión, esta iniciativa busca facilitar el proceso de importación de donaciones internacionales en situaciones de desastre nacional, aliviando cargas tarifarias durante la vigencia del régimen especial y asegurando una respuesta más eficiente y oportuna frente a emergencias que afectan a la población. Se invita a los interesados a participar activamente en el proceso de comentarios para contribuir a la mejora de esta regulación.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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