Con el objetivo de optimizar la utilización del contingente de exportación de azúcar, panela y productos con contenido de azúcar para la vigencia 2026, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha modificado los numerales 8 y 9 del título I de la circular 009 del 24 de diciembre de 2025. Esta decisión atiende las solicitudes de exportadores afectadas por la contingencia logística derivada del terremoto del 10 de agosto de 2026, que impactó el transporte hacia el Puerto de Buenaventura y podría dificultar el cumplimiento del requisito de uso del 70% del cupo asignado.
Verificación del uso de los cupos asignados
La Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones, a través del Grupo Diseño de Operaciones de Comercio Exterior, realizará la verificación del uso de los cupos asignados mediante los Certificados de Elegibilidad entregados a los exportadores.
Se establecen dos etapas de verificación:
- Primera verificación: entre el 26 de octubre y el 5 de noviembre de 2026, los exportadores deberán informar la utilización de los cupos a través del módulo “Contingentes de Exportación” de la VUCE, adjuntando las Declaraciones de Exportación correspondientes.
- Segunda verificación: dentro de los cinco días hábiles posteriores al periodo de utilización, los exportadores deberán informar nuevamente la utilización del cupo, con las Declaraciones de Exportación definitivas.
Para los certificados no utilizados, se deberá remitir un oficio firmado por el representante legal con la relación de los certificados entregados y la justificación de la no utilización. Además, el grupo podrá solicitar los documentos físicos cuando sean ilegibles en su presentación digital.
Reasignación de cupos no utilizados
Diez meses después de la asignación inicial, es decir, el 9 de noviembre de 2026, se revisará el uso de los cupos. Si se detecta que algún usuario no ha utilizado al menos el 70% de su asignación, el Ministerio tomará las toneladas no utilizadas para iniciar su reasignación.
El 11 de noviembre de 2026 se publicarán en la página web de la VUCE las toneladas disponibles para reasignación por subpartida y grupo. Podrán participar usuarios históricos y nuevos que cumplan con los requisitos de uso mínimo.
La recepción de solicitudes para reasignación será entre el 13 y el 23 de noviembre de 2026, con publicación de resultados el 27 de noviembre en la misma plataforma. Los Certificados de Elegibilidad para cupos reasignados deberán solicitarse entre el 30 de noviembre y el 28 de diciembre de 2026 y podrán ser utilizados hasta esa última fecha. La nacionalización del producto en aduana estadounidense será responsabilidad del productor hasta el 31 de diciembre de 2026.
El cronograma completo y los procedimientos están disponibles en la página oficial de la VUCE (www.vuce.gov.co). Esta circular entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, garantizando así una mayor eficiencia y flexibilidad en la gestión del contingente de exportación para el próximo año.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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