Entidad emisora, objeto y ámbito de aplicación
La resolución fue expedida por el Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología (Atenea). Su objeto es regular el horario laboral, así como los horarios flexibles y escalonados para los servidores públicos de dicha entidad. La norma tiene aplicación exclusiva en el ámbito de la Agencia Atenea y está dirigida a todos sus servidores públicos que desempeñen funciones presenciales o que soliciten modalidades especiales de horario.
Cambios normativos y modalidades de horario establecidas
La Resolución DG-169 de 2026 unifica y actualiza la reglamentación vigente sobre la jornada laboral y las modalidades de horarios en Atenea, sustituyendo las Resoluciones 008 de 2022 y 210 de 2023. Establece tres modalidades principales de horario:
- Horario de trabajo presencial: Jornada ordinaria efectiva de 42,5 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. y las 4:30 p.m., con una hora destinada al almuerzo que no se considera tiempo de trabajo.
- Horarios flexibles: Modalidad que permite a servidores públicos en situaciones específicas escoger entre dos opciones de jornada de lunes a viernes, con un horario de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. o de 9:00 a.m. a 6:30 p.m., ambas con una hora para almuerzo.
- Horarios escalonados: Alternativas de inicio y terminación de jornada laboral ordinaria con tres opciones: 7:30 a.m. a 5:00 p.m., 8:30 a.m. a 6:00 p.m. y 9:30 a.m. a 7:00 p.m., todas con una hora destinada al almuerzo.
Obligaciones y procedimientos para horarios flexibles
Para acceder a horarios flexibles, el servidor público debe acreditar encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Protección y acompañamiento de cónyuge o compañero(a) permanente.
- Cuidado de hijos menores de 18 años o mayores en situación de discapacidad.
- Cuidado de personas mayores de 60 años o con discapacidad dentro del grupo familiar o tercer grado de consanguinidad.
- Condición de salud grave debidamente diagnosticada que requiera horario diferente.
Las solicitudes deben presentarse mediante comunicación interna a la Subgerencia de Gestión Administrativa, con aprobación del jefe inmediato y adjuntando la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos. La autorización se concede mediante acto administrativo expedido por la Gerencia de Gestión Corporativa y será válida mientras subsista la situación especial que motivó la solicitud. La terminación de la modalidad puede darse por manifestación voluntaria, reubicación, incumplimiento de funciones, necesidad del servicio o cese de la situación acreditada.
Obligaciones y procedimientos para horarios escalonados
Los servidores que desarrollen funciones presenciales y deseen acogerse a horarios escalonados deben solicitarlo mediante memorando electrónico a la Subgerencia de Gestión Administrativa, con visto bueno del jefe inmediato y previo análisis de las necesidades del servicio y condiciones institucionales. La autorización se otorgará mediante acto administrativo que establecerá el horario escogido para un periodo máximo de doce meses.
Se permite acordar diferentes horarios según el día de la semana, siempre que se mantenga el mismo número de horas diarias y no se afecten las necesidades del servicio. La reversibilidad del beneficio puede solicitarse en cualquier momento por el servidor o por el jefe inmediato por razones de servicio, incumplimiento, condiciones institucionales o autorización de horario flexible. La autorización también puede suspenderse temporalmente conforme a la evaluación y necesidades del servicio.
Disposiciones complementarias
- La atención continua e ininterrumpida al público deberá garantizarse diariamente de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., independientemente de los horarios adoptados por los servidores.
- El seguimiento del cumplimiento de las modalidades de horario estará a cargo del jefe inmediato, con reporte a la Gerencia de Gestión Corporativa.
- La Gerencia de Gestión Corporativa está facultada para autorizar, prorrogar, suspender o reversar los horarios flexibles y escalonados mediante acto administrativo motivado.
- La resolución entra en vigencia a partir de su publicación.
- La norma se expide en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Distrital 650 de 2025, el Acuerdo 02 de 2021, la Ley 1042 de 1978, la Ley 1361 de 2009, el Decreto Nacional 1083 de 2015 y demás normatividad aplicable.
Con la implementación de estas disposiciones, la Agencia Atenea busca mejorar la calidad de vida laboral de sus servidores públicos, aumentar la eficiencia en la prestación del servicio y adaptarse a las necesidades actuales de la entidad y su personal. Se espera que esta iniciativa contribuya a una gestión pública más flexible, inclusiva y orientada al bienestar.