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Resolución 388 de 2026: regulación del Comité de Gestión Predial y Reasentamiento de la Empresa Metro de Bogotá

Proviene de: Resoluciones

28 de septiembre de 2026 19:37:17

Entidad emisora, número de norma y objeto

La resolución fue emitida por la Gerencia General (encargada) de la Empresa Metro de Bogotá S.A. Es la Resolución 388 de 2026, expedida el 22 de septiembre. Su objeto es regular el Comité de Gestión Predial y Reasentamiento (GPRE) de la Empresa Metro de Bogotá, derogando la Resolución 1007 de 2021, para garantizar la gestión y ejecución del Plan de Reasentamiento asociado a los proyectos del metro y líneas férreas del Distrito Capital.

Cambios normativos concretos

  • Derogación de la Resolución 1007 de 2021, que regulaba previamente el Comité GPRE.
  • Creación formal y regulación del Comité de Gestión Predial y Reasentamiento (GPRE) con una estructura organizacional actualizada acorde al Acuerdo 007 de 2025 de la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá.
  • Ampliación del alcance del Comité para incluir todas las líneas férreas y metro que forman parte del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá bajo la administración de la empresa.
  • Integración del Comité como órgano asesor de la Gerencia General para la toma de decisiones sobre planes de reasentamiento y gestión predial.
  • Incorporación de funciones específicas relacionadas con la aplicación de políticas de Banca Multilateral en procesos de reasentamiento.

Obligaciones creadas y conformación del Comité

La resolución define las siguientes obligaciones y estructura del Comité GPRE:
AspectoDetalle
Conformación
  • Gerente General o su delegado
  • Gerente Financiero
  • Gerente de Construcción de Proyectos Férreos
  • Gerente de Riesgos y Entorno
  • Subgerente de Gestión Predial
El jefe de Control Interno participa con voz pero sin voto. Además, se pueden invitar supervisores de convenios o contratos relacionados, representantes de otras gerencias, entidades vinculadas, delegados de la Unidad de Movilidad Urbana Sostenible y de la Banca Multilateral.
Funciones principales
  • Asesorar en la priorización de adquisición de inmuebles por sectores.
  • Recomendar decisiones sobre planes de reasentamiento y gestión predial.
  • Emitir conceptos sobre censos, diagnósticos socioeconómicos y planes de reasentamiento.
  • Definir la necesidad de actualizar censos.
  • Hacer seguimiento a cronogramas y planes de trabajo, y recomendar correcciones.
  • Recomendar criterios para selección de empresas encargadas de gestión predial.
  • Dictar su propio reglamento.
En casos que involucren políticas de Banca Multilateral, el Comité debe evaluar casos especiales y recomendar acciones excepcionales para superar obstáculos en el reasentamiento.
Secretaría TécnicaSerá ejercida por un profesional de la Subgerencia de Gestión Predial o delegado de la Gerencia General, con funciones como convocatoria, verificación de quórum, elaboración y custodia de actas, socialización de información, manejo de correspondencia y seguimiento a recomendaciones.

Ámbito de aplicación

La resolución tiene aplicación en el ámbito del Distrito Capital de Bogotá y es vinculante para la Empresa Metro de Bogotá S.A. y sus proyectos relacionados con las líneas férreas y metro del Sistema Integrado de Transporte Público.

Excepciones o exclusiones

No se establecen excepciones expresas en la resolución. Sin embargo, el Comité puede invitar a distintos actores según la conveniencia para el análisis y seguimiento de los procesos.

Base legal

La expedición de la resolución se fundamenta principalmente en:
  • Artículo 48 de los Estatutos Sociales de la Empresa Metro de Bogotá.
  • Acuerdo 07 de 2025 de la Junta Directiva.
  • Decreto Distrital 381 de 2026.
  • Constitución Política de Colombia (artículos 58, 209 y 287).
  • Leyes 9 de 1989, 388 de 1997, 1682 de 2013 y 489 de 1998.
  • Acuerdo Distrital 908 de 2023 y Decreto Distrital 111 de 2025.

Vigencia y régimen de transición

La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Registro Distrital. Deroga expresamente la Resolución 1007 de 2021. No se establecen plazos de transición adicionales, pero se aclara que el Comité continuará con funciones durante la implementación de planes de reasentamiento, incluidos los de la Línea 2 del Metro de Bogotá. --- Esta regulación establece con precisión la estructura, funciones y alcance del Comité de Gestión Predial y Reasentamiento de la Empresa Metro de Bogotá, actualizando el marco normativo para la gestión de los procesos prediales y de reasentamiento vinculados a los proyectos de infraestructura férrea y metro en la capital. Con esta resolución, se busca garantizar una gestión más eficiente, transparente y coordinada que permita el avance efectivo de las obras del Sistema Integrado de Transporte Público, atendiendo a los derechos de las comunidades afectadas y asegurando el cumplimiento de las políticas nacionales e internacionales aplicables.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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