Entidad emisora, número, tipo y fecha de expedición
La norma fue expedida por la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, bajo la Resolución número 8666, el 23 de septiembre de 2026.
Objeto de la norma
La resolución regula procedimientos administrativos específicos y establece obligaciones para entidades públicas y privadas en el Distrito Capital, actualizando y complementando el marco normativo vigente.
Cambios normativos concretos
- Modificación de plazos y requisitos para la presentación de informes de gestión ante la Secretaría Distrital de Gobierno.
- Actualización de criterios para la certificación y verificación de documentos administrativos.
- Establecimiento de mecanismos de control y seguimiento para actividades de interés distrital.
- Derogación de disposiciones previas que resultaban incompatibles con la nueva regulación.
Obligaciones creadas
- Entidades públicas distritales: deben presentar informes de gestión conforme a los nuevos plazos establecidos, con documentación certificada según los criterios actualizados.
- Entidades privadas que desarrollen actividades sujetas a control distrital: están obligadas a cumplir con los nuevos procedimientos de verificación y reporte establecidos en la resolución.
- Funcionarios responsables de la supervisión administrativa: deben implementar los mecanismos de seguimiento y control indicados.
Ámbito de aplicación
La resolución aplica en todo el territorio del Distrito Capital de Bogotá. Está dirigida a entidades públicas distritales, entidades privadas que desarrollen actividades reguladas por la Secretaría Distrital de Gobierno, y funcionarios encargados de la gestión y control administrativo.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones o exclusiones expresas en la resolución, por lo cual las obligaciones y procedimientos son de cumplimiento general para los sujetos indicados.
Base legal
La expedición de la resolución se fundamenta en las disposiciones legales que regulan la organización y funcionamiento de la administración distrital, así como en las facultades conferidas a la Secretaría Distrital de Gobierno para dictar normas administrativas en su ámbito de competencia.
Fecha de entrada en vigencia y régimen de transición
La Resolución 8666 de 2026 entra en vigencia a partir de su publicación el 23 de septiembre de 2026. La norma establece plazos específicos para la implementación de los nuevos procedimientos, que varían según la obligación:
| Obligación | Plazo para cumplimiento |
| Presentación de informes de gestión | 30 días hábiles contados desde la entrada en vigencia |
| Actualización de documentación certificada | 60 días calendario desde la publicación |
| Implementación de mecanismos de control | 90 días calendario a partir de la fecha de vigencia |
Consideraciones finales
Con esta actualización normativa, la Secretaría Distrital de Gobierno busca mejorar la eficiencia administrativa y fortalecer la transparencia en la gestión pública y privada en Bogotá. Se recomienda a las entidades y funcionarios responsables revisar detalladamente la Resolución 8666 de 2026 para asegurar el cumplimiento adecuado de las nuevas disposiciones y evitar sanciones por incumplimiento. La colaboración y el compromiso son fundamentales para alcanzar los objetivos planteados en esta regulación.