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Modificación del aumento salarial para empleados de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en 2026

Proviene de: Bogotá

29 de septiembre de 2026 11:35:36

El consejo directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, en ejercicio de sus atribuciones legales, modificó el artículo primero del Acuerdo No. 02 del 13 de marzo de 2026, que fijó el incremento salarial del siete por ciento para la vigencia fiscal de 2026.

Antecedentes y contexto normativo

Inicialmente, el acuerdo estableció un incremento salarial general del siete por ciento para todos los empleados públicos de la entidad. Sin embargo, la asignación básica del empleo técnico operativo, código 314, grado 03, alcanzaba el límite máximo permitido según el Decreto 620 de 2025. Por ello, no se aplicó el aumento completo en esa categoría para evitar superar el tope salarial. Posteriormente, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 323 de marzo de 2026, que actualizó los límites máximos salariales para empleados públicos de entidades territoriales. Este ajuste habilitó la aplicación total del incremento del siete por ciento para el empleo técnico operativo mencionado.

Modificación y efectos del nuevo acuerdo

En virtud de lo anterior, el consejo directivo modificó el artículo primero del acuerdo original para aplicar el incremento del siete por ciento en todos los niveles y grados jerárquicos de la planta de personal, incluyendo el empleo técnico operativo grado 03. Este ajuste salarial rige desde el 1º de enero de 2026 y se refleja en las asignaciones básicas mensuales de los empleados, según la siguiente estructura por grado y nivel jerárquico: - Directivo, asesor, profesional, técnico y asistencial, con montos específicos para cada grado. El presupuesto de la entidad para 2026 cuenta con la apropiación necesaria para cubrir el incremento salarial.

Comunicación y vigencia

El acuerdo ordena comunicar su contenido al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital dentro de los cinco días siguientes a su expedición. Además, se dispondrá la publicación del acto administrativo mediante los medios de difusión de la entidad, conforme a la ley. La modificación entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación y tiene efectos fiscales desde el primero de enero de 2026. Este ajuste garantiza la plena aplicación del aumento salarial aprobado, respetando los límites establecidos por la normatividad vigente y beneficiando a todos los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial en sus diferentes niveles jerárquicos, fortaleciendo así el reconocimiento al esfuerzo y compromiso de su planta de personal.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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