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Auto del Consejo de Estado remite expediente a magistrado ponente para conocimiento previo

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 12:8:13

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B, en etapa de conocimiento previo dentro del trámite de un proceso contencioso administrativo por reparación colectiva.

Sentido de la decisión

El auto resuelve:
  • Remitir el expediente al despacho del magistrado ponente para su conocimiento previo y trámite correspondiente.
  • Ordenar la notificación de la providencia mediante estado electrónico.

Razón principal de la decisión

La decisión se fundamenta en la aplicación del artículo 19 del Decreto 1265 de 1970, que establece que cuando un proceso haya estado al conocimiento de una sala del Consejo de Estado, el expediente debe ser asignado al magistrado que lo sustentó anteriormente para garantizar continuidad en el trámite. Esto responde a que el proceso ya había sido objeto de decisiones previas en el mismo despacho.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

En noviembre de 2018, un grupo de demandantes interpuso demanda mediante el medio de control de reparación de perjuicios causados a un grupo, contra varias entidades públicas, por daños derivados de actividades de minería ilegal que habrían contaminado el Río Atrato. Inicialmente, el Tribunal Administrativo del Chocó declaró impedimento para conocer el asunto por interés directo, lo cual fue confirmado por el Consejo de Estado en marzo de 2019. Se ordenó sorteo de conjueces para integrar la sala de decisión, pero estos también manifestaron impedimento, lo que llevó a que el expediente fuera trasladado al Tribunal Administrativo de Antioquia. En marzo de 2026, el Tribunal Administrativo de Antioquia emitió sentencia de primera instancia, en la cual negó las pretensiones de la demanda y declaró la falta de legitimación en la causa por pasiva de una de las entidades demandadas. La parte demandante interpuso recurso de apelación en marzo de 2026, que fue concedido por el tribunal. El Consejo de Estado admitió el recurso de apelación en junio de 2026 y ordenó traslado a los intervinientes para su pronunciamiento.

Efectos jurídicos de la providencia

La providencia vincula a las partes y al despacho ponente, al ordenar que el expediente sea remitido para conocimiento previo al magistrado que ya había intervenido en etapas anteriores del proceso. Esta actuación garantiza la continuidad en el trámite del recurso de apelación y cumple con las reglas de reparto establecidas en la normativa procesal aplicable. Asimismo, la providencia formaliza la notificación electrónica a las partes, asegurando su conocimiento y cumplimiento.

Resumen final

En síntesis, el Consejo de Estado dispuso la remisión del expediente al despacho del magistrado ponente para su conocimiento previo, en cumplimiento de las normas de reparto procesal, luego de la admisión del recurso de apelación interpuesto contra sentencia de primera instancia en un proceso de reparación colectiva por daños causados por minería ilegal. La providencia ordena también la notificación electrónica correspondiente, asegurando así la continuidad y transparencia en el trámite judicial del caso.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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