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Auto del Consejo de Estado concede recurso de doble conformidad en revisión disciplinaria

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 12:54:31

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto emitido por la Sala Once Especial de Decisión del Consejo de Estado, en el ejercicio de su función jurisdiccional en segunda instancia dentro del proceso contencioso administrativo disciplinario.

Sentido de la decisión

El despacho resolvió:
  • Conceder el recurso de doble conformidad interpuesto por la parte recurrente contra la sentencia de primera instancia que confirmó la sanción disciplinaria.
  • Ordenar la remisión del expediente a la Sala Especial de Decisión que siga en orden numérico para que continúe con la competencia en el trámite del recurso.

Razón principal de la decisión

El auto se fundamenta en que el recurso de doble conformidad fue presentado dentro del término legal de diez días siguientes a la notificación de la sentencia de primera instancia y fue debidamente sustentado. En consecuencia, el tribunal concluyó que el recurso debía ser admitido para su trámite conforme a lo previsto en el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), aplicable ante la ausencia de norma específica para este recurso.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

Previamente, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría General de la Nación impuso una sanción disciplinaria a una persona en su calidad de alcalde de un municipio durante un período constitucional entre 2012 y 2015. La sanción fue confirmada por la Sala Once Especial de Decisión del Consejo de Estado mediante sentencia de 3 de junio de 2026. Contra esta decisión, la parte afectada interpuso recurso extraordinario de revisión y recurso de doble conformidad, siendo este último el objeto del presente auto.

Efectos jurídicos de la decisión

El auto vincula a las partes en cuanto concede el recurso de doble conformidad y ordena la continuidad del trámite en la Sala Especial de Decisión correspondiente. Esto implica que el proceso disciplinario continuará su curso en la instancia señalada para resolver el fondo del recurso, sin que se modifique la sanción inicialmente impuesta en esta etapa.

Disposiciones adicionales

La providencia aplica las reglas establecidas en un auto de unificación previo del Consejo de Estado, que regula el término y trámite del recurso de doble conformidad tomando como referencia el procedimiento para la apelación contra sentencias. Además, se establece que la Sala Especial de Decisión que deberá conocer del recurso será aquella que siga en orden numérico a la que emitió la sentencia objeto de revisión. Notifíquese y cúmplase conforme a lo ordenado en el auto, garantizando así la correcta continuidad del proceso disciplinario y el respeto al debido proceso en todas sus etapas.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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