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Consejo de Estado avoca conocimiento y ordena trámite en control inmediato de legalidad a resolución de la CRC

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 20:58:10

Naturaleza y competencia de la providencia

La providencia es un auto proferido por la Sala Doce Especial de Decisión del Consejo de Estado, en ejercicio de control inmediato de legalidad. Esta competencia corresponde a dicha Sala para las medidas de carácter general expedidas por autoridades nacionales en desarrollo de decretos legislativos dictados durante estados de excepción, conforme a lo establecido en la Ley 137 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el Acuerdo número 080 de 2019.

Sentido de la decisión

  • Se avoca el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución número 8357 de 14 de septiembre de 2026, expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
  • Se ordena fijar por diez (10) días hábiles un aviso público para que cualquier ciudadano pueda intervenir por escrito en defensa o impugnación de la legalidad de la resolución.
  • Se ordena notificar personalmente la providencia al director ejecutivo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, al agente del Ministerio Público y al director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
  • Se dispone correr traslado al Ministerio Público por diez (10) días hábiles para que rinda concepto sobre la resolución.
  • Se ordena publicar el aviso en la página web del Consejo de Estado.
  • Una vez concluido el trámite, se ingresará el expediente al despacho para la elaboración del proyecto de decisión correspondiente.

Razón principal de la decisión

La Sala determinó que la Resolución número 8357 de 14 de septiembre de 2026 cumple con los tres requisitos legales para que el Consejo de Estado ejerza el control inmediato de legalidad:
  • Es un acto administrativo de carácter general expedido por una autoridad nacional en ejercicio de función administrativa, en este caso la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
  • Fue dictada en desarrollo de un decreto legislativo emitido durante un estado de excepción, específicamente el Decreto Legislativo número 1261 de 19 de agosto de 2026, que declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en varios departamentos del país.
  • Se trata de medidas regulatorias transitorias adoptadas por la CRC para flexibilizar ciertas obligaciones de operadores de televisión regional y local sin ánimo de lucro ubicados en las zonas afectadas por la emergencia, con el fin de atender las condiciones excepcionales derivadas de la situación de desastre nacional.

Antecedentes relevantes

El 14 de septiembre de 2026, la Comisión de Regulación de Comunicaciones expidió la Resolución número 8357, mediante la cual adoptó medidas regulatorias transitorias relacionadas con el Espacio del Defensor del Televidente y el informe sobre alocuciones presidenciales. Estas medidas aplican hasta el 31 de diciembre de 2026 y están dirigidas a operadores del servicio público de televisión abierta regional y local sin ánimo de lucro cuyas cabeceras y centros operativos se encuentran en las zonas declaradas en estado de emergencia o desastre por los Decretos 1171 y 1261 de 2026, así como su modificación posterior. La resolución fue remitida al Consejo de Estado para que se ejerciera el control inmediato de legalidad, en atención a lo dispuesto en el artículo 136 del CPACA y la normatividad aplicable a los estados de excepción.

Efectos jurídicos

La providencia avoca conocimiento y ordena el trámite previsto en el artículo 185 del CPACA para el control inmediato de legalidad. Esto implica:
  • La apertura de un plazo para que cualquier interesado pueda intervenir en el proceso mediante escritos de defensa o impugnación.
  • La participación del Ministerio Público mediante concepto.
  • La notificación formal a las entidades involucradas para garantizar el derecho al debido proceso.
  • La eventual elaboración de un proyecto de decisión por parte del despacho que resuelva la legalidad de la resolución impugnada.
Esta providencia vincula a la Comisión de Regulación de Comunicaciones, el Ministerio Público, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, y a los ciudadanos interesados en el trámite, garantizando así la transparencia y el cumplimiento del debido proceso en el control inmediato de legalidad de la Resolución número 8357 de 2026.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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