Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Consejo de Estado declara falta de competencia y remite acción de cumplimiento a Tribunal Administrativo

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 20:57:52

Naturaleza de la providencia y tribunal

La decisión consiste en un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, en primera instancia.

Sentido de la decisión

  • Declarar la falta de competencia funcional del Consejo de Estado para conocer la acción de cumplimiento presentada contra la Agencia Nacional de Tierras.
  • Ordenar la remisión del expediente a la Secretaría del Tribunal Administrativo del Tolima para el respectivo reparto.
  • Disponer la comunicación de la decisión a la parte accionante mediante correo electrónico y dirección física registrada.

Razón principal de la decisión

El Consejo de Estado sostuvo que, conforme a las normas de competencia establecidas en los artículos 152.14 y 155.10 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA), modificadas por la Ley 2080 de 2021, el conocimiento en primera instancia de las acciones de cumplimiento contra autoridades del orden nacional corresponde a los tribunales administrativos. En este caso, al ser la Agencia Nacional de Tierras una entidad del orden nacional y localizarse el domicilio de la parte accionante en el departamento del Tolima, la competencia corresponde al Tribunal Administrativo de dicho departamento y no al Consejo de Estado.

Antecedentes fácticos y procesales

La acción de cumplimiento fue promovida por el gobernador y autoridad tradicional de una comunidad indígena, en contra de la Agencia Nacional de Tierras, con el fin de que esta cumpla con la conformación de un expediente administrativo según lo establecido en normas reglamentarias. La demanda se presentó directamente ante el Consejo de Estado.

Efectos jurídicos de la providencia

El auto vincula al Consejo de Estado a abstenerse de conocer la demanda de cumplimiento en primera instancia y ordena la remisión del expediente al Tribunal Administrativo del Tolima. A partir de la remisión, el tribunal correspondiente deberá asumir el conocimiento del asunto y adelantar el trámite procesal conforme a la ley. Además, se establece la obligación de notificar a la parte accionante sobre esta decisión. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias