Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de revisión por extemporáneo

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 20:49:47

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto proferido por la Sección Segunda - Subsección B de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en ejercicio de recurso extraordinario de revisión contra sentencia ejecutoriada emitida por el Tribunal Administrativo de Antioquia.

Sentido de la decisión

  • Rechazo del recurso extraordinario de revisión por extemporáneo.
  • Archivo del expediente tras la anotación correspondiente.

Razón principal de la decisión

El recurso extraordinario de revisión debe interponerse dentro del año siguiente a la ejecutoria de la sentencia cuestionada. En el caso analizado, la sentencia fue notificada el 10 de septiembre de 2018, por lo que el plazo para presentar el recurso venció el 14 de septiembre de 2019. Sin embargo, el recurso fue presentado el 9 de marzo de 2021, incumpliendo el término legal. Por esta razón, se declaró extemporáneo y procedió su rechazo.

Antecedentes fácticos y procesales

Una persona natural, a través de apoderado judicial, interpuso recurso extraordinario de revisión contra una sentencia de 2018 del Tribunal Administrativo de Antioquia, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho relacionado con reconocimiento pensional. Inicialmente, el recurso fue inadmitido por no cumplir con requisitos formales, pero tras subsanación de defectos procesales se admitió para estudio. No obstante, al analizar la oportunidad de presentación, se determinó que el recurso fue interpuesto fuera del plazo legal.

Efectos jurídicos de la decisión

  • El rechazo del recurso implica la confirmación de la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia en 2018.
  • El archivo del expediente por Secretaría del Consejo de Estado, con las anotaciones correspondientes.
  • La decisión vincula a las partes en cuanto a la imposibilidad de revisar la sentencia objeto del recurso extraordinario por extemporaneidad.

Conclusión

En conclusión, el Consejo de Estado reafirma la importancia de respetar los términos legales para la interposición de recursos extraordinarios de revisión. La extemporaneidad constituye una causal clara para el rechazo del recurso, garantizando así la seguridad jurídica y la estabilidad de las decisiones judiciales ejecutoriadas. Este pronunciamiento sirve como recordatorio a los litigantes sobre la necesidad de actuar dentro de los plazos establecidos para evitar la pérdida de derechos procesales.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias