Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Consejo de Estado admite pruebas en recurso extraordinario de revisión sobre caso de reparación directa

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 16:3:43

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Tercera - Subsección A, en el trámite de un recurso extraordinario de revisión presentado contra una sentencia previa del Tribunal Administrativo de Antioquia, dentro de un proceso de reparación directa.

Sentido de la decisión

  • Decretar como pruebas los documentos y medios solicitados por la parte recurrente, con excepción de los que forman parte integral del proceso ordinario.
  • Oficiar al Tribunal Administrativo de Antioquia para que remita digitalmente el expediente correspondiente al proceso principal.
  • Oficiar a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para que remita el registro audiovisual de una diligencia de versión voluntaria relacionada con el caso.

Razón principal de la decisión

El auto considera que las pruebas solicitadas están directamente relacionadas con las causales de revisión invocadas en el recurso, específicamente las previstas en el artículo 250 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Estas causales se refieren a la existencia de documentos decisivos no aportados oportunamente por causas justificadas y a la posible existencia de documentos falsos o adulterados en la sentencia objeto de revisión. La autoridad judicial determinó que los medios probatorios son útiles, pertinentes y conducentes para la demostración de dichas causales, por lo que procede decretarlos en esta etapa procesal.

Antecedentes procesales y fácticos relevantes

El recurso extraordinario de revisión fue presentado contra una sentencia que confirmó decisiones previas en un proceso de reparación directa por hechos ocurridos en el contexto del conflicto armado interno. La parte recurrente solicitó la incorporación de diversas pruebas, principalmente documentos y diligencias vinculadas a la Jurisdicción Especial para la Paz, relacionadas con un subcaso específico que involucra muertes presentadas como bajas en combate por agentes del Estado. Estas pruebas incluyen autos, resoluciones, versiones voluntarias y registros audiovisuales de diligencias realizadas en la JEP, así como documentos aportados en el proceso ordinario.

Efectos jurídicos de la providencia

El auto habilita la incorporación de las pruebas solicitadas al expediente del recurso extraordinario de revisión, lo que permitirá al tribunal valorar su contenido al resolver de fondo sobre la procedencia del recurso. Además, ordena la remisión del expediente digital del proceso ordinario y de material probatorio relevante proveniente de la JEP, lo que facilitará el análisis integral del caso. Estas medidas vinculan a las autoridades judiciales involucradas para que cumplan con el envío de la documentación requerida en los términos establecidos.

Conclusión

El Consejo de Estado, a través de este auto, procedió a admitir las pruebas solicitadas por la parte recurrente en el recurso extraordinario de revisión, oficiar la entrega del expediente del proceso principal y solicitar registro audiovisual a la Jurisdicción Especial para la Paz. La decisión se fundamenta en la relación directa de tales pruebas con las causales invocadas y en su pertinencia para la demostración de las mismas en la etapa de fondo del recurso. Con esta providencia, se avanza en el esclarecimiento de los hechos materia del proceso de reparación directa y se garantiza el derecho a la defensa y a un debido proceso, fortaleciendo la justicia administrativa en casos relacionados con el conflicto armado.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias