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Consejo de Estado admite demanda de nulidad contra oficios de la DIAN sobre estampilla Pro Universidad

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 16:11:4

Naturaleza y sentido de la providencia

La providencia es un auto de admisión de demanda proferido por el Consejo de Estado en la instancia de primera decisión sobre un proceso de nulidad. En este auto, se resolvió:
  • Admitir la demanda de nulidad interpuesta contra los Oficios 100208192–541 de 13 de diciembre de 2021 y 100202208–173 de 8 de febrero de 2023, expedidos por la DIAN.
  • Ordenar notificaciones a la parte demandada, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
  • Correr traslado de la demanda para que la parte demandada pueda contestarla, proponer excepciones y solicitar pruebas en un término de treinta días.
  • Advertir a la parte demandada la obligación de remitir los antecedentes administrativos relacionados con los actos demandados.
  • Informar a la comunidad sobre la existencia del proceso conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

Razón principal de la decisión

La admisión de la demanda se sustenta en la presentación de un medio de control previsto en el artículo 137 del CPACA, dirigido a obtener la declaración de nulidad de apartes específicos de dos oficios de la DIAN. Estos apartes contienen interpretaciones jurídicas sobre:
  • La configuración del hecho generador de la estampilla Pro Universidad en contratos de obra pública celebrados mediante estructuras fiduciarias o figuras jurídicas similares, donde sociedades fiduciarias actúan como voceras de la entidad pública del orden nacional.
  • La consideración de los patrimonios autónomos, administrados mediante fiducia mercantil, como entidades estatales o públicas conforme a las definiciones legales y jurisprudenciales, en particular en relación con el artículo 2 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 5 de la Ley 1697 de 2013.
El auto reconoce que los oficios impugnados establecen que la utilización de figuras jurídicas como la fiducia mercantil no altera la naturaleza pública de los contratos de obra, ni el sujeto pasivo del tributo que es el contratista. Además, sostiene que los patrimonios autónomos derivados de contratos de fiducia mercantil cumplen con los requisitos para ser considerados entidades estatales, dado que son centros de imputación contractual y manejan recursos públicos.

Antecedentes relevantes

La demanda fue presentada en nombre propio por un particular que interpuso el medio de control de nulidad contra dos documentos oficiales expedidos por la DIAN. Estos documentos contienen criterios interpretativos sobre la obligación tributaria derivada de la estampilla Pro Universidad Nacional y otras universidades públicas. En particular, se cuestiona la interpretación sobre el hecho generador del tributo en contratos de obra pública realizados a través de patrimonios autónomos administrados por sociedades fiduciarias.

Efectos jurídicos de la providencia

El auto de admisión implica que:
  • El proceso de nulidad continúa su trámite en la vía judicial.
  • La DIAN, el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado quedan notificadas y deben ejercer su derecho a la defensa dentro del término legal.
  • La parte demandada debe aportar los antecedentes administrativos que originaron los actos cuestionados.
  • La comunidad judicial y el público en general quedan informados de la existencia del proceso.
En conclusión, el Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad contra apartes de dos oficios de la DIAN que establecen criterios sobre la aplicación de la estampilla Pro Universidad en contratos de obra pública realizados mediante patrimonios autónomos y sociedades fiduciarias, ordenando continuar con el trámite correspondiente conforme a las normas procesales vigentes. Este paso garantiza el análisis judicial de las interpretaciones jurídicas cuestionadas y fortalece la seguridad jurídica en la materia tributaria.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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