Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Consejo de Estado admite demanda contra resolución del Ministerio del Trabajo

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 16:12:38

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta. La providencia corresponde a una etapa inicial del proceso administrativo contencioso, en la cual se decide sobre la admisión de la demanda.

Sentido de la decisión

  • Admitir la demanda de nulidad parcial contra el inciso 4, numeral 1.1. del Capítulo V del Anexo Técnico de la Resolución 2050 de 16 de junio de 2022, expedida por el Ministerio del Trabajo.
  • Ordenar la notificación del auto a la entidad demandada, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado mediante canales virtuales oficiales.
  • Correr traslado de la demanda a la entidad demandada, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que contesten, propongan excepciones y soliciten pruebas en un término de treinta (30) días.
  • Advertir a la entidad demandada la obligación de remitir los antecedentes administrativos vinculados con la resolución demandada durante el término para contestar la demanda.
  • Invitar a diversas entidades públicas y privadas a presentar conceptos escritos sobre puntos relevantes para la decisión dentro del mismo término procesal.
  • Informar a la comunidad sobre la existencia del proceso mediante los medios virtuales habilitados por la Secretaría de la Sección Cuarta del Consejo de Estado.

Razón principal de la decisión

El auto se fundamenta en la verificación del cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el artículo 171 del CPACA para la admisión de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda impugna una expresión específica contenida en una resolución administrativa, lo que justifica la apertura del trámite procesal para su análisis sustancial posterior.

Antecedentes fácticos y procesales

La demanda fue presentada contra la expresión “IVA” contenida en un numeral del Anexo Técnico de la Resolución 2050 de 16 de junio de 2022, mediante la cual el Ministerio del Trabajo estableció el Manual de Procedimiento para el Funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez. La parte actora ejerció el medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del CPACA.

Efectos jurídicos de la providencia

El auto genera las siguientes obligaciones y efectos jurídicos:
  • La entidad demandada debe ser notificada y contestar la demanda en el término legal, incluyendo la presentación de excepciones y pruebas.
  • La entidad demandada debe aportar los antecedentes administrativos relacionados con la resolución impugnada.
  • Las entidades invitadas pueden presentar conceptos escritos que serán tenidos en cuenta para la decisión final.
  • Se garantiza la publicidad del proceso para conocimiento de la comunidad mediante medios virtuales.
Este auto inicia formalmente el trámite de la demanda, vinculando a las partes y a terceros interesados en el proceso, y ordena las actuaciones necesarias para la continuación del mismo conforme al procedimiento legal vigente. De esta manera, se abre la etapa probatoria y de análisis sustancial que permitirá al Consejo de Estado resolver sobre la validez de la expresión “IVA” en el Anexo Técnico de la Resolución 2050 de 2022, garantizando así el debido proceso y la transparencia administrativa.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias