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Consejo de Estado admite demanda de nulidad parcial contra concepto de la DIAN

Proviene de: Sentencias

29 de septiembre de 2026 16:17:7

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en primera instancia.

Sentido de la decisión

  • Se admite la demanda de nulidad parcial interpuesta contra el aparte «aquellas poseídas directamente en el país, v. gr., como puede suceder en aquellos casos en donde el acreedor resulte ser un residente fiscal colombiano» del Concepto 13675 del 11 de mayo de 2015 expedido por la DIAN.
  • Se ordena notificar personalmente mediante mensaje de datos al buzón electrónico de la DIAN, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
  • Se concede traslado de la demanda por treinta (30) días para que la parte demandada, el Ministerio Público y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado contesten, propongan excepciones y soliciten pruebas.
  • Se advierte a la parte demandada la obligación de remitir los antecedentes administrativos relacionados con el acto administrativo demandado durante el término para contestar la demanda.
  • Se informa a la comunidad sobre la existencia del proceso conforme a la normatividad aplicable.
  • Se invita a instituciones académicas especializadas en derecho tributario a presentar conceptos sobre la acción de nulidad.

Razón principal de la decisión

La admisión de la demanda se fundamenta en la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 162 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificados por la Ley 2080 de 2021, para este tipo de acciones judiciales.

Antecedentes fácticos y procesales

Un particular interpuso demanda de nulidad parcial contra una frase específica contenida en un concepto emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en 2015. La demanda se presentó en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 137 del CPACA. La providencia verifica los requisitos formales y sustanciales para admitir la demanda y da inicio al trámite correspondiente.

Efectos jurídicos de la providencia

La admisión de la demanda implica el inicio formal del proceso de nulidad parcial, vinculando a la DIAN, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, quienes deberán participar en el proceso conforme a lo ordenado. La DIAN está obligada a remitir los antecedentes administrativos relacionados con el acto objeto de la demanda. La providencia también implica la publicidad del proceso y la posibilidad de que instituciones especializadas emitan conceptos que puedan ser tenidos en cuenta durante el trámite. Notifíquese y cúmplase conforme a lo ordenado en el auto.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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