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Auto del Consejo de Estado niega suspensión y ordena digitalización de dictámenes periciales en controversia contractual

Proviene de: Sentencias

30 de septiembre de 2026 1:38:50

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, del Consejo de Estado, en segunda instancia, dentro de un proceso de controversias contractuales.

Sentido de la decisión

  • Denegación de la solicitud de suspensión del proceso presentada por la parte demandada.
  • Orden de digitalización del expediente, en particular de los dictámenes periciales aportados en formato físico.
  • Disposición para que, una vez digitalizados los dictámenes, se corra traslado por 3 días a la parte demandada para ejercer el derecho de contradicción.

Razón principal de la decisión

La suspensión de términos procesales solo es procedente en los casos previstos expresamente en el artículo 161 del Código General del Proceso, que no se configuran en este caso, dado que la solicitud no fue conjunta ni depende la decisión de otro proceso judicial. Por otro lado, para garantizar el derecho de defensa y contradicción, se ordena la digitalización de los dictámenes periciales físicos, conforme a las disposiciones sobre uso de tecnologías de la información en la administración de justicia, evitando así barreras para el acceso a la prueba.

Antecedentes relevantes

  • Se admitió apelación adhesiva contra sentencia de instancia anterior y se decretaron dictámenes periciales aportados en formato físico.
  • Se ordenó traslado de dichos dictámenes por 3 días para contradicción, plazo que coincidió con un día festivo y un evento nacional, dificultando el acceso físico de la parte demandada a los documentos.
  • La parte demandada solicitó la suspensión del plazo de traslado y la digitalización de los dictámenes para facilitar el ejercicio de la contradicción, argumentando imposibilidad material para desplazarse y falta de acceso a la prueba en formato digital.

Efectos jurídicos de la providencia

  • Se rechaza la suspensión del proceso, por no cumplirse los requisitos legales para su procedencia.
  • Se ordena al despacho judicial correspondiente la digitalización del expediente y, en particular, de los dictámenes periciales aportados en soporte físico.
  • Una vez digitalizados los documentos, se debe correr traslado por el término legal de 3 días a la parte demandada para que ejerza su derecho a la contradicción conforme a lo previsto en el Código General del Proceso y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
  • Estas disposiciones buscan garantizar el acceso a la justicia y el derecho de defensa en el marco del proceso judicial en curso.
Con esta decisión, el Consejo de Estado reafirma la importancia de la modernización en los procesos judiciales y la protección de los derechos de las partes, asegurando que el acceso a la prueba y el ejercicio de la contradicción se realicen de manera efectiva y oportuna, sin que factores externos impidan el normal desarrollo del proceso.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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