Naturaleza de la providencia e instancia procesal
Se trata de un auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en segunda instancia, dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Sentido de la decisión
- Decretar: La prueba documental consistente en la sentencia de primera instancia proferida por un tribunal administrativo en proceso análogo entre las mismas partes.
- Negar: El decreto de la prueba testimonial solicitada por la parte demandante, así como la solicitud subsidiaria de que dicha prueba testimonial sea incorporada mediante la figura de prueba trasladada.
- Reconocer: Personería a los apoderados de las partes en los términos indicados.
Razón principal de la decisión
La Sala consideró que el testimonio solicitado no cumple los requisitos para ser reconocido como prueba sobreviniente, pues fue rendido en un proceso distinto dentro del plazo en que ya había fenecido la oportunidad para presentar pruebas en primera instancia del caso actual. Tampoco es procedente su incorporación mediante prueba trasladada, dado que esta figura no puede ser utilizada para introducir pruebas que pudieron solicitarse oportunamente y no lo fueron. Por el contrario, la prueba documental solicitada es pertinente para ilustrar un criterio jurisprudencial relevante para la resolución del litigio, por lo que se decretó su incorporación con el alcance correspondiente.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
La parte demandante ejerció acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos relacionados con liquidación oficial y resolución que resolvió recurso de reconsideración. En primera instancia, un tribunal administrativo negó las pretensiones de la demanda. En segunda instancia, la demandante solicitó la incorporación de un testimonio rendido en otro proceso judicial y, de manera subsidiaria, que se traslade dicha prueba. También solicitó que se tuviese en cuenta una sentencia proferida en otro proceso análogo.
Efectos jurídicos de la decisión
La decisión vincula a las partes en el proceso de segunda instancia, estableciendo que no se admiten las pruebas testimoniales solicitadas y que se incorpora la sentencia como prueba documental con el fin de que sea valorada en el trámite. Asimismo, reconoce la personería de los apoderados en los términos señalados para efectos procesales.
Notifíquese y cúmplase.