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Auto de la JEP acepta sometimiento de agentes de la fuerza pública por homicidio ocurrido en 2007

Proviene de: Sentencias

30 de septiembre de 2026 1:34:9

Naturaleza de la providencia y tribunal

El Despacho del Magistrado ponente de la Subsala Primera Especial de Conocimiento y Decisión de la Ruta No Sancionatoria de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió un auto que resuelve sobre el sometimiento de cuatro agentes del Estado, integrantes de la fuerza pública, en relación con hechos ocurridos en 2007.

Sentido de la decisión

  • Se acepta el sometimiento por competencia prevalente de la JEP de los cuatro agentes del Estado, en calidad de soldados profesionales, por los hechos ocurridos el 13 de enero de 2007 en los que fue asesinado un ciudadano en la vereda La Cañada, municipio de El Agrado, Huila.
  • Se comisiona a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP para que localice y contacte a las víctimas indirectas dentro del expediente penal correspondiente, y establezca su interés en participar en las actuaciones ante la JEP.
  • Se requiere a los agentes del Estado para que amplíen su relato por escrito sobre su participación en los hechos, detallando su rol en la planeación, ejecución y ocultamiento.
  • Se ordena comunicar la decisión a la Fiscalía especializada encargada de la investigación penal y a la Oficina de Control Interno Disciplinario del Batallón de Infantería involucrado.
  • Se ordena a la Procuraduría delegada asumir la defensa de los derechos fundamentales de las víctimas mientras se logra su ubicación.

Razón principal de la decisión

El auto concluye que se cumplen los factores de competencia de la JEP para conocer del caso, los cuales son:
  • Competencia temporal: los hechos ocurrieron antes del 1° de diciembre de 2016, límite temporal para la jurisdicción de la JEP.
  • Competencia personal: los comparecientes son agentes del Estado que, como soldados profesionales, habrían cometido conductas relacionadas con el conflicto armado colombiano, sin ánimo de enriquecimiento personal ilícito o sin que este haya sido determinante.
  • Competencia material: las conductas fueron cometidas “por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado”, comprobado mediante el análisis de las circunstancias del homicidio y la condición de los agentes en el Ejército Nacional.
Con base en estos factores y en el marco normativo de la JEP, el sometimiento se acepta para continuar con el proceso especial.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

Los hechos se refieren al homicidio ocurrido el 13 de enero de 2007 en la vereda La Cañada, municipio de El Agrado, departamento del Huila, en el que perdió la vida un ciudadano. Los agentes del Estado involucrados pertenecían al Batallón de Infantería No. 26 Cacique Pigoanza. En la jurisdicción ordinaria, se adelantaron investigaciones preliminares por parte de la Fiscalía especializada en Derechos Humanos, así como un proceso contencioso administrativo que concluyó con la condena patrimonial del Estado. También existió un expediente disciplinario interno en el Batallón de Infantería. Los agentes presentaron ante la JEP solicitudes de sometimiento, aportaron relatos sobre su participación y aceptaron su sometimiento en relación con los hechos.

Efectos jurídicos de la decisión

  • La aceptación del sometimiento implica que la JEP asume competencia prevalente y exclusiva sobre los hechos y personas implicadas.
  • Se ordena la suspensión parcial de las actuaciones en la jurisdicción ordinaria en los aspectos relacionados con la determinación de responsabilidades y medidas que afecten la libertad de los sometidos.
  • Los agentes deberán cumplir con un régimen de condicionalidad que incluye la obligación de ampliar su relato sobre los hechos, detallando su participación en todas las fases del evento y aportando información relevante para el esclarecimiento.
  • Se garantiza la participación efectiva de las víctimas indirectas, a quienes se deberá localizar y asistir, incluyendo la designación de representación legal si así lo requieren.
  • Se instruye a las autoridades competentes para que den cumplimiento inmediato a las comunicaciones derivadas del auto y lo integren en los expedientes respectivos.
Esta decisión representa un paso importante en el esclarecimiento de los hechos ocurridos en el marco del conflicto armado colombiano, reafirmando el compromiso de la Jurisdicción Especial para la Paz con la verdad, la justicia y la reparación integral a las víctimas. Con la aceptación del sometimiento, se espera avanzar en el proceso de esclarecimiento y contribución a la construcción de una paz duradera en la región.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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