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Auto de la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz declara sustracción de materia por pérdida de competencia

Proviene de: Sentencias

30 de septiembre de 2026 1:34:6

Naturaleza de la providencia, tribunal e instancia

La providencia corresponde a un auto proferido por la Sección de Apelación (SA) del Tribunal para la Paz (TP), en segunda instancia, dentro de un recurso de apelación concedido contra un auto emitido por la Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SAR).

Sentido de la decisión

La Sección de Apelación resolvió:
  • Declarar la sustracción de materia respecto del recurso de apelación interpuesto contra el Auto que negó la nulidad del escrito de acusación presentado en contra del compareciente.
  • Devolver el expediente del proceso adversarial a la Sección de Primera Instancia para que cumpla con lo ordenado en el Auto que excluyó al compareciente del SIP.
  • Establecer que contra esta decisión no procede recurso alguno.

Razón principal de la decisión

La decisión se sustenta en que el compareciente fue excluido del SIP por incumplimiento grave e injustificado del régimen de condicionalidad, lo cual implicó la pérdida de todos los beneficios y tratamientos especiales otorgados por la JEP y la reversión de la competencia a la justicia ordinaria. Dado que la JEP perdió competencia sobre el asunto, el recurso de apelación quedó sin objeto, pues cualquier pronunciamiento sobre el fondo carecería de efectos jurídicos en la jurisdicción especial.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

  • El compareciente, oficial retirado del Ejército Nacional, fue identificado como máximo responsable o partícipe determinante en hechos relacionados con ejecuciones extrajudiciales presentadas falsamente como bajas en combate, por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR) en 2021.
  • Ante la ausencia de reconocimiento de responsabilidad, el expediente fue remitido a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que presentó escrito de acusación por delitos asociados a homicidio en persona protegida y desaparición forzada.
  • El compareciente solicitó la nulidad del escrito de acusación alegando falta de individualización de hechos y vulneración del derecho de defensa, solicitud que fue negada por la SAR mediante Auto AI-027 de 2026.
  • Posteriormente, la SAR, mediante Auto AI-038-2026, declaró que el compareciente incumplió gravemente e injustificadamente el régimen de condicionalidad, especialmente en el deber de aportar verdad plena, y lo excluyó del SIP, remitiendo el proceso a la justicia ordinaria para que continúe con las investigaciones y juzgamiento respectivos.
  • El compareciente interpuso recurso de apelación contra la decisión que negó la nulidad del escrito de acusación, pero la SA constató que la exclusión del SIP implicaba la pérdida de competencia de la JEP para conocer del asunto, por lo que el recurso perdió objeto.

Efectos jurídicos de la decisión

  • La exclusión del compareciente del SIP implica la pérdida de todos los beneficios y tratamientos especiales otorgados por la JEP, además de la reversión de la competencia para conocer del caso a la justicia ordinaria.
  • La JEP pierde competencia para continuar con el proceso adversarial y la investigación relacionada con los hechos imputados.
  • El expediente fue devuelto a la Sección de Primera Instancia para que cumpla con las órdenes derivadas de la exclusión.
  • El recurso de apelación contra la decisión que negó la nulidad del escrito de acusación se declaró sin objeto y no admite recurso ulterior.
  • Se recordó que el compareciente conserva ante la jurisdicción ordinaria las garantías y medios de defensa previstos en el ordenamiento jurídico para controvertir las decisiones que allí se adopten.
La decisión reafirma la importancia del cumplimiento riguroso del régimen de condicionalidad dentro del SIP y establece un precedente claro sobre la pérdida de competencia de la JEP cuando se excluye a un compareciente del sistema. Así, se garantiza que los procesos continúen dentro de la jurisdicción correspondiente, asegurando el respeto de los derechos y deberes procesales en cada instancia judicial.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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