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Consejo de Estado confirma rechazo de operaciones simuladas y sanción por inexactitud en IVA

Proviene de: Sentencias

1 de octubre de 2026 15:57:1

Naturaleza de la providencia y tribunal

Esta es una sentencia de segunda instancia proferida por la Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que resolvió un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo del Atlántico.

Sentido de la decisión

  • Confirmar la sentencia apelada que negó las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho formuladas por la demandante.
  • Condenar en costas a la parte demandante en esta instancia, con orden al tribunal de origen para tramitar el incidente correspondiente.

Razón principal de la decisión

El Consejo de Estado determinó que la apelación no cuestionó de manera efectiva las conclusiones del tribunal de primera instancia, que valoró en sana crítica las pruebas aportadas en sede administrativa. La decisión se sustentó en que:
  • No se violó el principio de correspondencia, dado que las inclusiones impugnadas se refieren a los mismos hechos y cargos planteados en el requerimiento especial, y las pruebas adicionales se recaudaron dentro del ejercicio legítimo de la facultad de fiscalización sin necesidad de ampliar el requerimiento.
  • El material probatorio demuestra inconsistencias entre la contabilidad de la sociedad demandante y las declaraciones de IVA de los proveedores cuestionados, así como la inexistencia de las direcciones registradas en el Registro Único Tributario (RUT) para dichos proveedores, lo que acredita la inexistencia de las operaciones.
  • No se omitió el procedimiento especial previsto para el abuso en materia tributaria, pues la administración no imputó tal abuso ni lo utilizó como criterio para fijar la sanción.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

La DIAN modificó la declaración del IVA presentada por la sociedad demandante para el bimestre 4 de 2016, rechazando las compras nacionales de bienes gravados y el IVA descontable correspondiente, por considerar que las operaciones con cinco proveedores fueron simuladas. Se impuso sanción por inexactitud. La sociedad impugnó estos actos mediante demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando violaciones al principio de correspondencia, indebida valoración probatoria y la improcedencia de la sanción, entre otros argumentos. El Tribunal Administrativo del Atlántico negó las pretensiones en primera instancia y la parte demandante apeló dicha decisión.

Efectos jurídicos de la sentencia

La confirmación de la sentencia implica que:
  • La sociedad demandante queda obligada a pagar el mayor impuesto determinado y la sanción por inexactitud impuesta en la liquidación oficial de revisión del IVA correspondiente al periodo discutido.
  • Se mantiene la validez de las actuaciones administrativas impugnadas en cuanto al rechazo de las compras declaradas y la imposición de la sanción.
  • La parte demandante deberá asumir las costas procesales correspondientes a la segunda instancia.

Consideraciones finales

El Consejo de Estado reiteró que en apelación es necesario controvertir de manera concreta y fundamentada la decisión de primera instancia para que el juez de segunda instancia pueda revisar el fondo del asunto. En este caso, al limitarse la apelación a reiterar los argumentos de la demanda sin controvertir el análisis probatorio ni las conclusiones del tribunal, no se modificó la decisión original. Además, el tribunal recordó que el análisis se basó en la normativa aplicable y en la valoración objetiva de las pruebas administrativas, sin omitir procedimientos legales ni vulnerar derechos procesales de la parte demandante. Notifíquese y cúmplase.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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