Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Resolución 2708 de 2026: derogación de circulares del Ministerio del Trabajo y depuración normativa

Proviene de: Resoluciones

5 de octubre de 2026 14:45:16

Objeto y alcance de la Resolución 2708 de 2026

La resolución regula la derogación y pérdida de efectos de un conjunto específico de circulares expedidas por el Ministerio del Trabajo entre septiembre de 2025 y julio de 2026. Su finalidad es depurar lineamientos administrativos que presentan imprecisiones técnicas, incompatibilidades con la reserva legal, o que establecen obligaciones no sustentadas en fuentes jurídicas competentes. Esta norma es de aplicación nacional y afecta a empleadores, trabajadores, autoridades administrativas, entidades públicas, organizaciones sindicales y demás actores vinculados con el sector laboral.

Cambios normativos concretos

Se derogaron de manera expresa y con efectos hacia el futuro las siguientes circulares del Ministerio del Trabajo:
  • Circular Externa número 0101 de 22 de septiembre de 2025.
  • Circular Interna número 0120 de 2025.
  • Circular número 0031 de 17 de marzo de 2026.
  • Circular Externa número 0032 de 25 de marzo de 2026.
  • Circular número 0040 de 16 de abril de 2026.
  • Circular número 0048 de 22 de mayo de 2026.
  • Circular Interna número 0049 de 22 de mayo de 2026.
  • Circular 0057 de 6 de julio de 2026.
  • Circular número 0086 de 29 de julio de 2026.
  • Circular número 0088 de 29 de julio de 2026.
  • Circular número 0089 de 29 de julio de 2026.
La derogación no afecta situaciones jurídicas consolidadas ni actuaciones administrativas adelantadas durante la vigencia de dichas circulares.

Obligaciones y efectos para los destinatarios

  • Las circulares derogadas no podrán ser invocadas como fundamento jurídico autónomo para crear o exigir obligaciones, requisitos, cargas probatorias, procedimientos, sanciones, limitaciones de derechos, parámetros de inspección o condiciones de acceso a trámites administrativos.
  • Las autoridades administrativas deberán continuar los procesos en curso aplicando la normatividad vigente, prescindiendo de las circulares derogadas como fuente jurídica autónoma.
  • Las dependencias del Ministerio del Trabajo deben identificar en un plazo de treinta (30) días hábiles las necesidades jurídicas, regulatorias, operativas o pedagógicas que subsistan tras la derogación, y remitir informes detallados al Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección.
  • El Viceministerio será responsable de coordinar y hacer seguimiento a la implementación de las medidas derivadas de esta resolución.
  • Se adoptan medidas transitorias específicas para temas sensibles como el trabajo doméstico remunerado, libertad sindical, trabajo en plataformas digitales y remuneración a destajo, estableciendo plazos y procedimientos para la elaboración de nuevos instrumentos jurídicos o administrativos.

Medidas transitorias específicas

  • Trabajo doméstico remunerado: Los Inspectores de Trabajo deben abstenerse de ingresar sin consentimiento al domicilio de personas trabajadoras salvo que exista habilitación legal expresa. Frente a riesgos graves o inminentes deben activar autoridades competentes, incluida la Policía Nacional y Fiscalía General de la Nación.
  • Libertad sindical y negociación colectiva: Permanecen vigentes las normas constitucionales, legales y jurisprudenciales. La Dirección de Derechos Fundamentales del Trabajo elaborará un informe para identificar necesidades y, si es necesario, proponer nuevo instrumento normativo o administrativo.
  • Trabajo en plataformas digitales: Se revisará y adecuará el protocolo de inspección para ajustarlo al marco legal vigente en un plazo de quince (15) días hábiles.
  • Remuneración a destajo: Se efectuará una revisión integral de la normativa vigente para definir la necesidad y contenido de un nuevo instrumento institucional.

Actualización y publicación

Las dependencias competentes deberán actualizar todos los instrumentos institucionales, incluyendo normogramas, repositorios normativos y materiales pedagógicos, identificando claramente el estado de derogación de las circulares. Se prohíbe la reviviscencia automática de circulares o criterios anteriores a las derogadas. La resolución se publicará en el Diario Oficial y en los canales institucionales del Ministerio del Trabajo para su conocimiento y cumplimiento. Entrará en vigencia desde su publicación.

Fundamento legal y competencia

La expedición de la resolución se fundamenta en los artículos 208 y 209 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998, el Decreto Ley 4108 de 2011 y el Decreto número 385 de 2026, que regulan la función administrativa, la dirección ministerial y la técnica normativa aplicable a actos administrativos de carácter general.

Conclusión formal

La Resolución 2708 de 2026 establece la derogación y pérdida de efectos de once circulares del Ministerio del Trabajo, dispone medidas transitorias para asegurar continuidad institucional y ordena la identificación y elaboración de nuevos instrumentos jurídicos adecuados para las materias reguladas. La decisión busca asegurar la coherencia, legalidad y claridad en los lineamientos administrativos del Ministerio dentro del marco constitucional y legal vigente, promoviendo así una gestión más eficiente y transparente en el sector laboral.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Laboral

No se encontraron sugerencias