Entidad emisora, número, tipo de acto y fecha
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió la Resolución No. 501240 el 16 de julio de 2026.
Objeto de la norma
La resolución regula las metas de calidad media para los indicadores de duración y frecuencia de eventos eléctricos correspondientes a los años octavo y noveno del periodo tarifario vigente para las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en el marco de la aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.
Cambios normativos concretos
- Establece las metas específicas para el indicador de duración de eventos (SAIDIMj,t) para el octavo y noveno año del periodo tarifario.
- Establece las metas específicas para el indicador de frecuencia de eventos (SAIFIMj,t) para los mismos años.
- Define la banda de indiferencia para cada indicador en ambos años, indicando límites inferiores y superiores.
- Confirma la metodología para cálculo de metas basada en reducciones porcentuales sobre indicadores aprobados en años anteriores.
Obligaciones creadas
- Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. deben cumplir con las metas de calidad media establecidas para los indicadores de duración y frecuencia de eventos en los años octavo y noveno del periodo tarifario.
- La CREG notificará formalmente la resolución al representante legal o quien haga sus veces en la empresa.
- Se habilita el recurso de reposición ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación, conforme al artículo 113 de la Ley 142 de 1994.
Ámbito de aplicación
La resolución tiene aplicación específica para las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en el contexto del Sistema Interconectado Nacional (SIN) y dentro del marco tarifario establecido por la Resolución CREG 015 de 2018. El ámbito es nacional, pero con efectos particulares para dicha empresa.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones ni exclusiones expresas en la resolución para otros operadores o periodos.
Base legal
La expedición de la norma se fundamenta en las atribuciones constitucionales y legales conferidas a la CREG, en especial por las leyes 142 y 143 de 1994, y los decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución entra en vigencia una vez sea notificada y publicada en el Diario Oficial.
Régimen de transición o plazos de implementación
La resolución fija metas para los años octavo y noveno del periodo tarifario vigente, continuando con el régimen establecido por la Resolución CREG 015 de 2018 y sus modificaciones. No se establecen plazos adicionales de transición, salvo los previstos para la interposición del recurso de reposición.
Metas específicas establecidas
Meta para indicador de duración de eventos (SAIDIMj,t) [horas]
| Año del periodo tarifario |
Meta |
Banda de indiferencia (Límite inferior) |
Banda de indiferencia (Límite superior) |
| 8 |
9.222 |
9.176 |
9.268 |
| 9 |
8.484 |
8.442 |
8.527 |
Meta para indicador de frecuencia de eventos (SAIFIMj,t) [veces]
| Año del periodo tarifario |
Meta |
Banda de indiferencia (Límite inferior) |
Banda de indiferencia (Límite superior) |
| 8 |
9.000 |
8.955 |
9.045 |
| 9 |
9.000 |
8.955 |
9.045 |
Con esta resolución, la CREG busca asegurar la mejora continua en la calidad del servicio eléctrico que presta Empresas Públicas de Medellín E.S.P., incentivando el cumplimiento de metas específicas que garanticen menor duración y frecuencia de interrupciones para los usuarios.
La empresa deberá implementar las acciones necesarias para alcanzar estas metas y reportar periódicamente su desempeño, conforme a los lineamientos establecidos por la CREG. Así mismo, la entidad reguladora continuará monitoreando el cumplimiento y podrá adoptar medidas adicionales en caso de incumplimiento.