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Tribunal Superior de Pasto confirma inexistencia de relación laboral en apelación

Proviene de: Sentencias

6 de octubre de 2026 15:47:8

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

La providencia corresponde a una decisión de segunda instancia emitida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, en el trámite de apelación de una sentencia dictada por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Pasto. Dicha sentencia absolvió a la parte demandada de las pretensiones formuladas por la parte actora en un proceso ordinario laboral.

Sentido de la decisión

  • Confirmar en su integridad la sentencia de primera instancia que absolvió a la demandada de todas las pretensiones.
  • Condenar en costas a la parte demandante en esta instancia, fijando las agencias en derecho equivalentes a un salario mínimo mensual legal vigente.

Razón principal de la decisión

El tribunal consideró que no se acreditaron de manera suficiente y convincente los elementos esenciales para la configuración de una relación laboral subordinada: prestación personal, continuidad, subordinación y remuneración. Los testimonios aportados por la parte actora presentaron inconsistencias, contradicciones y limitaciones en cuanto a la percepción directa de los hechos y las condiciones contractuales, mientras que las pruebas testimoniales y documentales presentadas por la parte demandada sustentaron la inexistencia de un vínculo laboral, señalando una relación de amistad y solidaridad, con la entrega de vivienda en calidad de préstamo y sin contraprestación económica que configurara remuneración.

Antecedentes fácticos y procesales

La parte actora demandó declarando la existencia de una relación laboral con la parte demandada, basada en contratos verbales sucesivos para la prestación de servicios domésticos durante aproximadamente diez años. Solicitó el reconocimiento y pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y costas procesales. La demandada negó la existencia de vínculo laboral, argumentando que la vivienda facilitada a la demandante fue otorgada como un acto humanitario y que la relación entre ambas era de amistad, no laboral. En primera instancia, el juzgado absolvió a la demandada por falta de prueba suficiente. El recurso de apelación planteado por la parte demandante cuestionó la valoración probatoria del juez de primera instancia, alegando que se desconoció la presunción legal a favor del trabajador prevista en el artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo y que existían pruebas suficientes para acreditar la relación laboral.

Efectos jurídicos de la decisión

La decisión confirma la inexistencia de relación laboral entre las partes, lo que implica que no procede el pago de las pretensiones reclamadas. La condena en costas impone a la parte demandante la obligación de cubrir los gastos procesales causados en esta instancia, incluyendo agencias en derecho equivalentes a un salario mínimo mensual legal vigente, los cuales serán liquidados por el juzgado de origen. La providencia se notificará a las partes por medios electrónicos y por edicto, conforme a la normativa aplicable, y el expediente será devuelto al juzgado de primera instancia para los fines correspondientes. Con esta resolución, se reafirma la importancia de la valoración objetiva y rigurosa de la prueba en materia laboral, evitando la configuración indebida de relaciones laborales y garantizando la seguridad jurídica en las relaciones entre particulares. Así, el Tribunal Superior de Pasto contribuye a la correcta aplicación de la legislación laboral y a la protección de los derechos de las partes involucradas en los procesos judiciales.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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