Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto emitido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Sala de Decisión Penal, en grado de consulta sobre un incidente de desacato originado en un proceso de tutela.
Sentido de la decisión
- Confirmar la sanción impuesta por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento para Adolescentes de Valledupar.
- Dicha sanción consiste en una orden de arresto por cinco días y multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Las sanciones se dirigen a la Gerente Zonal del departamento del Cesar y al Gerente Regional de Nueva EPS por desacato a una orden judicial.
- No proceden recursos contra esta providencia.
- Se ordena la devolución del expediente al despacho judicial de origen para los fines correspondientes.
Razón principal de la decisión
La Sala de Decisión constató que no hubo cumplimiento efectivo de la orden impartida en el fallo de tutela, que obligaba a la entidad de salud a entregar un soporte nutricional a una menor de edad en las cantidades y periodicidad indicadas por los profesionales de salud. Se determinó la responsabilidad subjetiva de los funcionarios sancionados, dado que su actitud omisiva y contumaz evidenció negligencia en el cumplimiento del mandato judicial. El tribunal señaló que el desacato implica una negación o incumplimiento injustificado de una orden judicial, lo que justifica la imposición de sanciones coercitivas de arresto y multa, siempre que se demuestre la existencia de dolo o negligencia.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
- El Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento para Adolescentes de Valledupar concedió tutela a favor de una menor, ordenando la entrega de un soporte nutricional específico a través de la entidad Nueva EPS, bajo la gestión de su Gerente Zonal o quien legalmente correspondiera.
- Se interpuso un incidente de desacato al constatarse que desde septiembre de 2025 la entrega del suplemento no se realizó, a pesar de haber sido suministrado en meses anteriores.
- El juzgado impuso inicialmente sanciones a los funcionarios responsables, pero la Sala de Decisión declaró la nulidad de lo actuado y ordenó la reapertura del incidente, incluyendo como destinatarios a los gerentes zonal y regional de la entidad.
- Durante el trámite incidental, se notificó y dio trámite conforme a la ley a los funcionarios señalados, quienes no efectuaron las gestiones necesarias para cumplir con la orden de tutela.
Efectos jurídicos de la decisión
La providencia confirma la imposición de sanciones coercitivas de arresto y multa a los funcionarios responsables por incumplir una orden judicial de tutela. Esta decisión es vinculante para los sancionados y tiene como finalidad asegurar el cumplimiento efectivo de las órdenes judiciales que protegen derechos fundamentales. Además, ordena la devolución del expediente al juzgado de origen para la ejecución de lo decidido.
Consideraciones finales
El tribunal recordó que el incidente de desacato es un mecanismo procesal especial para garantizar el cumplimiento de fallos de tutela, sancionando la falta de acatamiento cuando se demuestra responsabilidad subjetiva. Señaló que la actuación judicial debe limitarse a verificar la existencia del incumplimiento, la identificación del destinatario de la orden y la valoración de la responsabilidad por dolo o negligencia, sin revisar el fondo de la tutela ya resuelto. En este caso, la conducta de los funcionarios involucrados fue entendida como negligente, justificando las medidas sancionatorias impuestas. Con esta decisión, el Tribunal Superior de Valledupar reafirma la importancia de respetar y cumplir las órdenes judiciales que protegen los derechos fundamentales, especialmente cuando involucran la salud y bienestar de menores de edad.