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Auto del Tribunal Superior de Valledupar ordena remisión para designación de juez tras impedimento

Proviene de: Sentencias

7 de octubre de 2026 12:24:27

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia analizada es un auto emitido por la Magistrada Sustanciadora de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, en el marco de un proceso laboral en segunda instancia.

Sentido de la decisión

  • Se declara abstención de emitir pronunciamiento sobre el impedimento planteado por el Juez Laboral del Circuito de Chiriguaná.
  • Se ordena remitir el expediente a la Presidencia del Tribunal Superior de Valledupar para que, en Sala Plena, se designe al funcionario judicial que debe continuar conociendo del proceso.

Razón principal de la decisión

El impedimento se fundamenta en el numeral 7º del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece la causal cuando una de las partes o sus representantes ha formulado denuncia penal o disciplinaria contra el juez o sus familiares directos, siempre que la denuncia sea ajena al proceso y el denunciado esté vinculado a la investigación. En este caso, el Juez Laboral declaró impedimento debido a que el apoderado de la parte demandante también representa al quejoso en un proceso disciplinario que involucra al juez. Dado que en Chiriguaná solo existe un Juzgado Laboral de Circuito, no es posible la sustitución automática conforme al orden numérico establecido en el artículo 144 del Código General del Proceso. Por ello, la Magistrada Sustanciadora se abstuvo de resolver el impedimento y remitió el asunto a la Sala Plena del Tribunal Superior para que, conforme a los artículos 140 y 144 del mismo Código, se designe al juez o conjuez que debe conocer el proceso.

Antecedentes relevantes

El Juez Laboral del Circuito de Chiriguaná notificó su impedimento tras ser informado sobre la apertura formal de una investigación disciplinaria en su contra, originada en una queja presentada por un tercero, representado por el abogado que también actúa en el proceso laboral como apoderado de la parte demandante. La causal invocada se relaciona con la existencia de esta investigación disciplinaria, que se considera motivo legítimo para apartarse del conocimiento del proceso. Ante la ausencia de otro juez de igual especialidad y categoría en Chiriguaná, y la incertidumbre sobre la autoridad competente para continuar con el trámite, se dispuso la remisión del expediente al Tribunal Superior para que se pronuncie sobre la designación.

Efectos jurídicos de la providencia

La decisión vincula a la Presidencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, que deberá convocar a Sala Plena para designar al funcionario judicial que reemplazará al Juez Laboral impedido. Esta designación permitirá la continuidad del proceso laboral bajo las condiciones legales previstas para casos de impedimento judicial. Del mismo modo, se ordena la remisión formal del expediente para que se lleve a cabo dicha designación conforme a la normativa vigente. La Magistrada Sustanciadora queda eximida de pronunciarse sobre el fondo del impedimento, limitándose a ordenar que sea la Sala Plena del Tribunal la que tome la decisión correspondiente en cumplimiento de los preceptos procesales aplicables. Con esta resolución, se garantiza el respeto a los principios de imparcialidad y debido proceso, asegurando que el caso continúe siendo tramitado por un juez sin conflictos de interés, en cumplimiento de las normas procesales colombianas.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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