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Auto del Tribunal Superior de Villavicencio admite apelación con efecto suspensivo y prorroga término para su resolución

Proviene de: Sentencias

7 de octubre de 2026 12:37:37

Naturaleza de la providencia y tribunal

El auto fue proferido por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio, Sala Tercera de Decisión Civil Familia, en segunda instancia.

Sentido de la decisión

  • Se admite el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia del Circuito de Acacías.
  • Se concede efecto suspensivo a la apelación, por lo que la ejecución de la sentencia apelada queda temporalmente suspendida.
  • Se ordena a la secretaría del tribunal verificar el traslado del recurso a la parte contraria dentro del plazo legal correspondiente.
  • Se dispone que el expediente del recurso sea puesto en turno para dictar sentencia escrita.
  • Se prorroga el término para resolver la apelación hasta por seis meses adicionales, contados a partir del vencimiento del término legal, conforme al artículo 121, inciso 4°, del Código General del Proceso.

Razón principal de la decisión

La admisión del recurso con efecto suspensivo se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 325 del Código General del Proceso. La prórroga del término para resolver la apelación responde a la alta carga laboral que presenta el despacho y a la necesidad de garantizar un estudio adecuado del caso, conforme a lo previsto en la norma procesal citada.

Antecedentes procesales relevantes

El recurso de apelación fue interpuesto contra una sentencia dictada el siete de julio de 2026 por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia del Circuito de Acacías (Meta). Tras el examen preliminar, el tribunal encontró que se cumplían los requisitos para admitir la apelación con efecto suspensivo. La parte apelante deberá sustentar su recurso dentro del plazo establecido en la ley 2213 de 2022.

Efectos jurídicos

  • La apelación admitida con efecto suspensivo suspende la ejecución de la sentencia apelada hasta que se dicte nueva decisión en segunda instancia.
  • La secretaría del tribunal está encargada de notificar a la parte contraria sobre la admisión del recurso.
  • El tribunal se compromete a resolver el recurso dentro del término legal, ampliado en seis meses en atención a la carga de trabajo y al turno de estudio.
  • Se establece que el acceso al expediente digital y la obtención de copias se realizará únicamente mediante comunicación con la secretaría del tribunal, ya sea telefónicamente o a través del correo electrónico oficial.
NOTIFÍQUESE.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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