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Resolución 2642 de 2026: fijación de precios de referencia para la segunda quincena de octubre

Proviene de: Resoluciones

8 de octubre de 2026 15:48:38

Entidad emisora, número y fecha

La norma fue emitida por la Secretaría General de la Comunidad Andina mediante la Resolución número 2642, publicada en la Gaceta Oficial No 5810, con fecha 6 de octubre de 2026.

Objeto de la norma

La Resolución establece los precios de referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la segunda quincena de octubre de 2026, para ser aplicados en las importaciones que arriben a los puertos de los países miembros.

Cambios normativos concretos

  • Fijación de los precios de referencia para distintos productos agrícolas y alimenticios para el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de octubre de 2026.
  • Aplicación de estos precios para la determinación de derechos variables adicionales o rebajas arancelarias conforme al marco normativo vigente del Sistema Andino de Franjas de Precios.
  • Referencia a la utilización de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 2546 o a los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Obligaciones creadas

  • Los países miembros que apliquen el Sistema Andino de Franjas de Precios deben utilizar los precios de referencia fijados en esta resolución para el cálculo de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias en las importaciones que arriben dentro del periodo señalado.
  • La aplicación de los precios de referencia debe efectuarse conforme a los mecanismos y cálculos establecidos en la normativa aplicable del Sistema Andino de Franjas de Precios.

Ámbito de aplicación

La Resolución tiene aplicación en el ámbito de la Comunidad Andina y afecta a los países miembros que implementan el Sistema Andino de Franjas de Precios en sus regímenes aduaneros. Se aplica a las importaciones de productos específicos que ingresen a los puertos de dichos países durante el periodo establecido.

Productos y precios de referencia

Producto (NANDINA) Descripción Precio de Referencia (USD/t)
0203.29.90Carne de cerdo2,526.00
0207.14.00Trozos de pollo1,325.00
0402.21.19Leche entera4,171.00
1001.19.00Trigo366.00
1003.90.00Cebada281.00
1005.90.11Maíz amarillo268.00
1005.90.12Maíz blanco261.00
1006.30.00Arroz blanco519.00
1201.90.00Soya en grano547.00
1507.10.00Aceite crudo de soya1,266.00
1511.10.00Aceite crudo de palma1,446.00
1701.14.00Azúcar crudo415.00
1701.99.90Azúcar blanco537.00

Excepciones o exclusiones

No se establecen excepciones ni exclusiones expresas en la Resolución para la aplicación de los precios de referencia.

Base legal

La expedición de la Resolución se fundamenta en el artículo 29 del Acuerdo de Cartagena y en diversas Decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina, entre ellas las Decisiones 371, 384, 402, 403, 410, 411, 413, 430, 453, 469, 470, 482, 496, 497, 512, 518, 520, 579, 651, 652, 796, 805, 807, 885 y 906, así como en la Resolución 2546 de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

Vigencia y régimen de transición

La Resolución entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Los precios de referencia fijados son aplicables para las importaciones efectuadas entre el 16 y el 31 de octubre de 2026.

Consideraciones finales

La implementación de esta Resolución busca asegurar la estabilidad y transparencia en los precios de referencia para productos agrícolas y alimenticios en la Comunidad Andina, facilitando así la aplicación adecuada de derechos variables adicionales o rebajas arancelarias. Se recomienda a los países miembros y a los operadores de comercio exterior mantenerse atentos a las actualizaciones normativas y cumplir con los procedimientos establecidos para garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Andino de Franjas de Precios.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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