Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto de Sala Sexta del Tribunal Administrativo de Antioquia niega trámite a recurso de apelación por improcedente

Proviene de: Sentencias

8 de octubre de 2026 16:23:45

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto proferido por la Sala Sexta de Decisión Oral del Tribunal Administrativo de Antioquia, en segunda instancia, respecto de un recurso de apelación interpuesto en el marco de un proceso de acción de tutela.

Sentido de la decisión

  • No dio trámite al recurso de apelación presentado por el Director de la Cárcel y Penitenciaría de Mediana Seguridad de Apartadó - Antioquia, por improcedente.
  • Confirmó la vigencia y efectos de la sentencia proferida el 30 de septiembre de 2026 por la misma Sala Sexta de Decisión Oral.
  • Ordenó remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, conforme a lo dispuesto en la sentencia de segunda instancia.

Razón principal de la decisión

El tribunal determinó que el recurso de apelación no era procedente porque la sentencia controvertida fue emitida en segunda instancia, etapa en la cual la impugnación ya se encuentra agotada. La referencia en la sentencia a la posible remisión del expediente a la Corte Constitucional para revisión eventual no configura una nueva oportunidad procesal para interponer recursos de apelación contra la decisión de segunda instancia. Por tanto, no es jurídicamente viable tramitar el recurso presentado.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

Se trata de una acción de tutela promovida contra diversas entidades relacionadas con la administración penitenciaria y de salud para personas privadas de la libertad. La Sala Sexta del Tribunal Administrativo de Antioquia emitió sentencia en segunda instancia el 30 de septiembre de 2026, en la cual se dispuso que, en ausencia de impugnación, el expediente sería remitido a la Corte Constitucional para posible revisión. Posteriormente, el Director de la Cárcel y Penitenciaría de Mediana Seguridad interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, alegando que existía habilitación para impugnar el fallo.

Efectos jurídicos de la decisión

  • El auto vincula al recurrente, quien es el Director de la entidad penitenciaria, al negar trámite al recurso de apelación.
  • Se mantiene la vigencia de la sentencia de segunda instancia del 30 de septiembre de 2026.
  • Se ordena la remisión del expediente a la Corte Constitucional para la eventual revisión, conforme al trámite previsto para la acción de tutela.

Conclusión

En consecuencia, la Sala Sexta del Tribunal Administrativo de Antioquia reafirma la firmeza de la sentencia proferida en segunda instancia y limita la posibilidad de impugnación a los recursos procesales establecidos en la ley. La remisión del expediente a la Corte Constitucional se mantiene como el mecanismo adecuado para la revisión de la acción de tutela, cerrando así cualquier intento de reabrir el trámite mediante recursos improcedentes. Esta decisión garantiza la seguridad jurídica y la correcta aplicación del debido proceso en materia de tutela.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias