Naturaleza de la providencia, tribunal e instancia
Se trata de un
auto proferido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca en primera instancia, en el trámite de nulidad y restablecimiento del derecho.
Sentido de la decisión
- Se prescinde de la audiencia inicial y se anuncia sentencia anticipada.
- Se fija el litigio conforme a las pretensiones y hechos descritos en la providencia.
- Se incorporan como pruebas los documentos allegados con la demanda, contestación, reforma a la demanda y antecedentes administrativos en el expediente digital.
- Se niega la solicitud probatoria presentada por la parte demandante respecto a certificaciones laborales adicionales.
- Se declara clausurado el debate probatorio.
- Se ordena correr traslado a las partes y al Ministerio Público por diez días para alegar de conclusión y rendir concepto, según corresponda.
- Se reconoce personería para actuar en el proceso al apoderado judicial de la parte demandada.
Razón principal de la decisión
El tribunal fundamenta la decisión en que el asunto es de puro derecho y no existen pruebas pendientes por practicar, dado que las pruebas documentales aportadas con la demanda y contestación no fueron objetadas ni desconocidas. En consecuencia, procede dictar sentencia anticipada conforme al artículo 182ª del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
Un grupo de funcionarios judiciales interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación - Rama Judicial, por actos administrativos mediante los cuales se negó la solicitud de reliquidación de salarios y prestaciones sociales con inclusión de una prima especial de servicios equivalente al 30% de la...