Naturaleza de la providencia, tribunal e instancia
Los autos interlocutorios fueron proferidos por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en segunda instancia, durante el mes de junio de 2026. Se trata de decisiones que resuelven recursos de reposición contra autos previos que negaron la admisión de recursos extraordinarios de casación en procesos ordinarios relacionados con controversias sobre regímenes pensionales.
Sentido de la decisión
- Se niegan los recursos de reposición interpuestos por las entidades administradoras de fondos de pensiones frente a autos interlocutorios que habían negado el recurso extraordinario de casación.
- Se ordena dar trámite a los recursos de queja presentados en subsidio, remitiendo los expedientes digitales a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
- Se niegan solicitudes de terminación anormal del proceso presentadas por las entidades administradoras de fondos de pensiones por considerar que no cumplen con las causales legales previstas.
- Se reconoce personería jurídica a los apoderados judiciales que acreditaron su poder para actuar en representación de las entidades demandadas.
Razón principal de la decisión
La Sala fundamenta la negativa a reponer los autos en que los recursos de reposición fueron presentados oportunamente pero no logran desvirtuar los argumentos que sustentaron la negativa del recurso extraordinario de casación. En particular:
- Se reitera el criterio jurisprudencial según el cual, para los demandados en procesos laborales, el interés económico para presentar el recurso de casación se calcula en función del valor que por administración de las cotizaciones efectuadas a nombre del afiliado dejan de percibir los fondos...