Documentos incluidos en la Gaceta 1503
- Proyecto de Ley número 417 de 2026, Cámara de Representantes
- Exposición de motivos del Proyecto de Ley
Proyecto de Ley número 417 de 2026
El proyecto crea una
contribución especial en salud mental aplicable a plataformas digitales y redes sociales que operen en Colombia. Su objetivo es establecer una fuente de financiación para acciones de promoción, prevención, atención e investigación en salud mental, con especial énfasis en la protección de niños, niñas y adolescentes. Se define el ámbito de aplicación, que comprende servicios digitales que permitan la creación de cuentas personales por menores, interacción entre usuarios, intercambio y difusión de contenidos generados por los usuarios. La ley se aplicaría a personas jurídicas nacionales o extranjeras, incluyendo operadores sin presencia física en el país, conforme al marco tributario vigente. El proyecto establece los siguientes aspectos relevantes:
- Naturaleza de la contribución: tributo de destinación específica, fiscal y obligatorio, con principios de equidad, progresividad, eficiencia y sostenibilidad fiscal.
- Hecho generador: ingresos derivados de servicios digitales y operación de plataformas de redes sociales en Colombia, incluyendo ingresos por publicidad, suscripciones, comercialización de contenidos y monetización de datos.
- Sujetos pasivos: personas jurídicas nacionales o extranjeras que operen plataformas digitales o redes sociales y obtengan ingresos en territorio nacional, incluyendo propietarios, operadores y comercializadores de publicidad.
- Base gravable: ingresos brutos obtenidos en Colombia por las plataformas digitales y redes sociales, con mecanismos para su determinación conforme a principios contables y fiscales.
- Tarifa: 3% sobre la base gravable, con exclusiones para plataformas con ingresos inferiores a un monto...