Objeto y ámbito de aplicación
La resolución regula el proceso de presentación, verificación, auditoría y pago de las reclamaciones de indemnización por muerte y gastos funerarios a favor de personas naturales beneficiarias de víctimas fallecidas en el evento catastrófico de origen natural ocurrido el 10 de agosto de 2026. Su ámbito de aplicación es nacional y se dirige a los beneficiarios de las víctimas dentro de la cobertura de la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECAT), administrada por la ADRES.
Cambios normativos y disposiciones principales
- Se establecen las condiciones funcionales y operativas para la radicación y trámite de reclamaciones a través de la plataforma electrónica “Trámites FURPEN”, incluyendo la asignación de usuario y contraseña para acceso.
- Se dispone una verificación previa a la radicación, en la cual se valida la consistencia de la información aportada en el formulario, así como el cumplimiento de requisitos documentales específicos definidos en decretos y resoluciones vigentes.
- Se habilita la consulta y validación de información en bases de datos oficiales, como la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Registraduría Nacional del Estado Civil, Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y Ministerio de Salud y Protección Social, para evitar la exigencia física de soportes documentales en varios casos.
- Se regula la etapa de auditoría, con un plazo máximo de dos meses para verificar el cumplimiento de requisitos y validar la identidad de la persona fallecida mediante registros civiles y módulos oficiales del Registro Único de Afiliados (RUAF).
- Se establece el procedimiento para la imposición...