Naturaleza y objeto de la decisión
La presente providencia corresponde a un auto proferido por la Subsala C de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), instancia encargada de decidir sobre la procedibilidad y concesión de beneficios transicionales en materia de amnistía. El auto resuelve de fondo la solicitud de amnistía presentada por cuatro comparecientes, vinculados a procesos penales por delitos relacionados con hurto calificado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
Sentido de la decisión
- Conceder el beneficio de amnistía de iure a dos comparecientes por el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
- Conceder el beneficio de amnistía judicial a los cuatro comparecientes por el delito de hurto calificado.
- Decretar la extinción de las penas principales y accesorias impuestas por dichos delitos a los cuatro comparecientes en los procesos penales respectivos.
- Conceder la libertad definitiva a los comparecientes respecto de los delitos amnistiados.
- Ordenar comunicar la decisión a las autoridades judiciales competentes para la materialización de los efectos de la amnistía, incluyendo la extinción de penas y libertad definitiva.
- Disponer el retiro de antecedentes disciplinarios, fiscales y penales de los sistemas correspondientes.
- Establecer el régimen de condicionalidad estricto impuesto por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) como condición para el acceso y mantenimiento del beneficio de amnistía.
Razón principal que sustenta la decisión
El auto se fundamenta en la verificación del cumplimiento de los tres requisitos esenciales para la concesión de...