Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de una sentencia de segunda instancia proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, en ejercicio de la impugnación interpuesta contra una decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico.
Sentido de la decisión
- Revocar la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico de 31 de agosto de 2026.
- Declarar configurada la cosa juzgada respecto de la pretensión de cumplimiento del artículo 40 del Decreto Ley 020 de 2014, en relación con la lista de elegibles de la Resolución 0026 de 2026.
- No ordenar un nuevo pronunciamiento ni un nombramiento individual en este proceso.
Razón principal de la decisión
La Sala fundamentó su decisión en la existencia de una sentencia previa, ejecutoriada, que había resuelto la misma controversia, respecto de la misma lista de elegibles y con la misma autoridad demandada, ordenando el cumplimiento del deber de nombramiento en estricto orden de mérito. Se concluyó que la pretensión del actor en este proceso quedó comprendida en el alcance de esa orden judicial anterior, configurándose así la cosa juzgada y evitando pronunciamientos contradictorios sobre el mismo asunto.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, quien participó y superó las etapas del Concurso de Méritos 2024 para proveer cargos de fiscal delegado ante jueces del circuito, solicitó mediante acción de cumplimiento que la Fiscalía General de la Nación realizara su nombramiento en período de prueba, conforme al artículo 40 del Decreto Ley 020 de 2014. La Fiscalía respondió que el nombramiento debía seguir un procedimiento que incluía estudios de seguridad, audiencia...