Contexto y alcance de la circular
El Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud emitieron la Circular Conjunta XXXX de 2026, dirigida a entidades territoriales departamentales, distritales, direcciones territoriales de salud, empresas promotoras de salud, prestadores de servicios de salud, gestores farmacéuticos y operadores logísticos de tecnologías en salud. La circular responde a la necesidad de contar con información financiera homogénea, actualizada y verificable, conforme a normas previas como la Ley 100 de 1993 y las circulares externas de 2004, 2007, 2013 y 2025. Principales instrucciones y plazos
Se ordena un reporte adicional y excepcional sobre cartera por deuda (cuentas por cobrar), pasivos (cuentas por pagar) y balance general, con corte al 31 de julio de 2026. La información debe entregarse mediante los archivos tipo establecidos en el sistema SIHO y la plataforma nRVCC hasta el 23 de octubre de 2026. Este reporte no modifica ni suspende las disposiciones previas sobre información financiera, pero es un insumo fundamental para la conciliación y saneamiento de cuentas. Adicionalmente, se suspende temporalmente desde la entrada en vigencia de esta circular y hasta el 1 de marzo de 2027, la aplicación de ciertas obligaciones de reporte y las mesas de conciliación previstas en la Circular Conjunta 030 de 2013 y la Circular Externa 2025151000000007-5 de 2025, para evitar actividades concurrentes y facilitar la consolidación de una línea base nacional de información. Implicaciones y sanciones
La suspensión se limita a las disposiciones especificadas y no afecta las obligaciones de pago ni el reconocimiento contable de compromisos. Las entidades que no...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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