Entidad emisora, tipo de norma y objeto
La resolución fue expedida por la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique) el 2 de julio de 2026. Tiene por objeto adoptar el Protocolo de Manejo Sostenible para la especie Palma Amarga (Sabal mauritiformis) en la jurisdicción de Cardique, regulando el uso, manejo y aprovechamiento sostenible de esta flora silvestre.
Cambios normativos introducidos
- Adopción oficial del Protocolo para el Manejo Sostenible de la Palma Amarga en la jurisdicción de Cardique.
- Exclusión de la aplicación del protocolo para ejemplares provenientes de plantaciones o cultivos forestales.
- El protocolo y sus anexos forman parte integral de la resolución como instrumento obligatorio para el manejo sostenible.
- Se elimina la exigencia de presentar el estudio técnico para obtener el derecho al manejo sostenible de la especie, siempre que se presente la información necesaria para cuantificar el manejo solicitado conforme al protocolo.
- Se establece que desde la entrada en vigencia de la resolución, el protocolo es de obligatorio cumplimiento para quienes pretendan adelantar el manejo sostenible doméstico o persistente de la especie.
- Se dispone la publicación de la resolución en el Boletín, página web de Cardique y en el Diario Oficial.
- Se establece que contra esta resolución no procede recurso alguno.
Obligaciones creadas
- Los interesados en obtener permisos para el manejo sostenible de la Palma Amarga deben cumplir con la información y documentación estipulada en el protocolo para tramitar el permiso de aprovechamiento forestal no maderable.
- La Corporación tiene la obligación de hacer seguimiento, evaluación y control ambiental del manejo sostenible conforme a sus...