Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Resolución 40562 de 2026: Fijación del precio base para liquidación del IVA en importación de combustibles

Proviene de: Resoluciones

19 de octubre de 2026 17:5:14

Objeto y ámbito de aplicación

La resolución regula la determinación del precio base para la liquidación del IVA en las importaciones de gasolina motor corriente y ACPM. Aplica a todas las personas o entidades que realicen la importación de estos combustibles en el territorio nacional.

Cambios normativos

  • Se fija expresamente como precio base para la liquidación del IVA en las importaciones de gasolina motor corriente y ACPM el Ingreso al Productor del componente fósil, determinado mensualmente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Minas y Energía.
  • Se armoniza la base gravable aplicable a la importación con la que rige para las ventas en el mercado nacional.
  • Se supera la ausencia de regulación específica sobre la base gravable para el IVA en dichas importaciones.
  • No se modifica la tarifa del impuesto, las exclusiones, exenciones ni la estructura de precios de los combustibles.

Obligaciones creadas

  • Los importadores de gasolina motor corriente y ACPM deben liquidar el IVA tomando como base gravable el Ingreso al Productor vigente para la fecha de presentación de la Declaración de Importación, según lo fijado mensualmente por los Ministerios competentes.

Base legal y facultades

La expedición de esta resolución se fundamenta en el artículo 465 del Estatuto Tributario, el Decreto 381 de 2012, el Decreto 1625 de 2016, y modificaciones tributarias recientes, que facultan al Ministerio de Minas y Energía para fijar los precios que constituyen la base gravable para efectos del IVA en combustibles.

Vigencia y derogatorias

La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Tributario

No se encontraron sugerencias