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Proyecto de resolución de Aerocivil plantearía incorporar norma RAC 158 sobre tasas aeroportuarias

Proviene de: Proyectos de Resolución

20 de octubre de 2026 3:39:56

Entidad proponente y fecha de publicación

El proyecto de resolución fue publicado por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – Aerocivil, entidad estatal que actúa como autoridad aeronáutica en Colombia. El documento fue puesto en consulta pública para comentarios a partir del 10 de julio de 2024.

Objeto del proyecto

El proyecto establecería una norma específica dentro de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) para regular las tasas aeroportuarias y otros derechos relacionados con el uso de aeródromos públicos y aeropuertos, así como su fijación, reajuste, recaudo y exenciones.

Disposiciones y obligaciones propuestas

El proyecto incorporaría la norma RAC 158 sobre “Tasas aeroportuarias y otros derechos de uso de los aeródromos públicos y aeropuertos”, la cual regularía:
  • Tipos de tasas y derechos: tasa aeroportuaria nacional e internacional (TAN y TAI), derechos de aeródromo en operaciones nacionales e internacionales (DAON y DAOI), derechos por recargo nocturno (DRON y DROI), derechos de extensión de horario (DEON y DEOI), derechos de parqueo de aeronaves (DPON y DPOI), derechos por uso de pasarelas de embarque (DUPN y DUPI), derechos por uso de carro de bomberos (DCBA y DCBL), tarifa operacional anual, y derechos de sobrevuelo.
  • Sujetos obligados: explotadores aeroportuarios (propietarios o concesionarios de aeródromos y aeropuertos públicos), explotadores de aeronaves y usuarios que utilicen las instalaciones y servicios aeroportuarios.
  • Causación y cobro: la tasa aeroportuaria se causaría por pasajero embarcado; los derechos de aeródromo y otros se cobrarían por operación o uso de servicios específicos. El explotador aeroportuario estaría autorizado a cobrar y recaudar estas tasas y derechos, pudiendo delegar el recaudo...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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