Naturaleza de la providencia e instancia
Se trata de un auto de segunda instancia proferido por la Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en revisión de recursos de apelación contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Sexta de Decisión.
Sentido de la decisión
- Se declaran no probadas las excepciones de mérito presentadas por el Municipio de Medellín.
- Se declara la nulidad de la Resolución 7662 de 2017 y de la Resolución 10460 de 2017, expedidas por la Secretaría de Hacienda del Municipio de Medellín.
- A título de restablecimiento del derecho, se ordena al Municipio de Medellín efectuar una nueva liquidación de la participación en el efecto plusvalía del inmueble objeto del proceso, aplicando el descuento de las áreas de cesión obligatoria establecidas en el Decreto 0473 de 2015 y garantizando el debido proceso.
- Si se hubieren realizado pagos en virtud de los actos anulados, se ordena el reintegro de las sumas pagadas en exceso, debidamente indexadas.
- Se niegan las demás pretensiones de la demanda.
- Se condena en costas a la entidad demandada en segunda instancia, fijando agencias en derecho en un salario mínimo mensual legal vigente por cada instancia.
Razón principal de la decisión
El tribunal fundamenta su decisión en que, conforme al artículo 78 de la Ley 388 de 1997, para el cálculo de la participación en plusvalía debe partirse del área destinada al nuevo uso o mejor aprovechamiento, descontando las superficies correspondientes a las cesiones urbanísticas obligatorias para espacio público y vías, y otras afectaciones contempladas en el Plan de...