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Consejo de Estado confirma nulidad parcial de Ordenanza 0287 de 2015 sobre estampilla Pro Hospitales en Barranquilla

Proviene de: Sentencias

20 de octubre de 2026 3:39:21

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en revisión del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico.

Sentido de la decisión

  • Modificar la declaratoria de nulidad de los artículos 5 y 11 de la Ordenanza 0287 de 2015, declarando la cosa juzgada respecto a estos artículos y estarse a lo resuelto en sentencias previas.
  • Negar la pretensión de nulidad del artículo 4 de la Ordenanza 0287 de 2015.
  • Confirmar la negativa de nulidad del artículo 1 y la declaración de impedimento del magistrado en la sentencia apelada.
  • No se condenó en costas en esta instancia.

Razón principal de la decisión

El Consejo de Estado determinó que la condición de sujeto activo de la estampilla Pro Hospitales de Primer y Segundo Nivel de Atención deriva de la Ley 663 de 2001 y comprende al departamento y a sus municipios, sin que esta condición pueda confundirse con la función de recaudo. En consecuencia, la designación del Distrito de Barranquilla como sujeto activo en el artículo 4 de la Ordenanza 0287 de 2015 no contraviene la habilitación legal ni modifica un elemento definido por el legislador. Por otro lado, los artículos 5 y 11 ya habían sido objeto de pronunciamiento judicial previo que produjo cosa juzgada, por lo que no corresponde un nuevo análisis sobre su legalidad.

Antecedentes fácticos y procesales

Ciudadanos demandaron la nulidad de los artículos 1, 4, 5 y 11 de la...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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