Naturaleza de la providencia y sentido de la decisión
El despacho judicial negó la solicitud probatoria formulada en la apelación por la parte actora y ordenó corregir la anotación en el sistema de gestión procesal respecto al ingreso del proceso para fallo. Las órdenes dispuestas fueron:
- Negación de la solicitud de práctica de testimonios en segunda instancia.
- Orden a Secretaría para corregir la anotación del ingreso a despacho para sentencia.
- Notificación de la decisión mediante estado electrónico conforme a la normativa vigente.
Razón principal de la decisión
La decisión se fundamentó en que la solicitud de pruebas en segunda instancia no cumplía con ninguno de los supuestos del artículo 212 del CPACA. En particular, la causal invocada —la práctica de pruebas decretadas en primera instancia que no se realizaron sin culpa de quien las solicitó— no se configuró. Se determinó que la parte demandante no mostró diligencia para gestionar la práctica de los testimonios, ya que la audiencia inicial había dispuesto la modalidad presencial para su toma y no se informó oportunamente sobre dificultades para la comparecencia. Además, no se acreditaron las razones que impedían la asistencia de los testigos, y la negativa a realizar las pruebas virtualmente se ajustó a la potestad del juez para decidir la modalidad de las audiencias.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
La demanda fue presentada contra la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional, en ejercicio del medio de control de reparación directa, para declarar la responsabilidad por daños derivados del fallecimiento de una persona durante una intervención policial. En primera...